POLITICA

Piden un amparo a la Justicia para que se suspenda el protocolo antipiquetes de Bullrich

La presentación recayó en el Juzgado Contencioso N°3, a cargo del juez Santiago Carrillo. El autor de la presentación pidió que el protocolo sea declarado inconstitucional. Adolfo Pérez Esquivel y el Partido Obrero hicieron otra presentación.

Marcha CGT y CTA
Marcha CGT y CTA | Télam

El gobierno de Javier Milei consiguió este martes su primer cuestionamiento ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. Resulta que un abogado pidió un recurso de amparo y que se declare la inconstitucionalidad del protocolo "antipiquetes" anunciado esta semana por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y que se ejecutaría este miércoles por primera vez en la primera manifestación de organizaciones sociales contra el gobierno.

La presentación tiene la firma del abogado Daniel Anibal Valmaggia y recayó en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°3, a cargo del juez Santiago Carrillo. 

El escrito de 53 carillas al que accedió PERFIL argumenta el pedido de suspensión de la resolución 943/2023 del Ministerio de Seguridad ya que, a su criterio, "restringe, vulnera y en los hechos impide el legítimo derecho y la Garantía Constitucional de manifestarse públicamente en forma pacífica, las de transitar libremente por todo el territorio Nacional y de expresar las ideas políticas sin ningún tipo de censura".

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Como medida cautelar, el autor de la presentación le pidió al juez la "inmediata suspensión de dicho protocolo, atento a lo ya anunciado por diferentes asociaciones sindicales y sociales de una movilización a la Plaza de Mayo para el día 20 del corriente". 

La ministra de seguridad, Patricia Bullrich 20231214
Patricia Bullrich, ministra de Seguridad.

La resolución objetada fue oficializada días atrás, luego del anuncio de la ministra, bajo el nombre de "Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público ante el corte de vías de circulación". Establece que las fuerzas policiales y de seguridad federales intervendrán frente a cortes de tránsito parciales o totales de rutas nacionales y vías de circulación federal. 

Ante eso, el autor de la presentación planteó que "nos encontramos que la resolución que nos ocupa, fue dictada en contra de lo que específicamente prohíbe el artículo 99 de la Constitución Nacional", que dice que el Ejecutivo no puede en ningún caso emitir disposiciones de carácter legislativo.

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"Se desprende claramente que el Poder Ejecutivo por intermedio de su ministra de Seguridad, está legislando en materia penal al criminalizar la protesta, agregándole conductas típicas que no están contempladas en el artículo 194 del Código Penal", dice la presentación.

En otro de los párrafos, el autor de la presentación sostuvo que la resolución cuestionada "establece un relato o discurso que la erige como protectora de una supuesta legalidad y garantizadora de la libertad de circular, pero en la realidad lo único que pretende hacer no es otra cosa que colocar como victimarios a una gran cantidad de personas que reclaman por sus derechos básicos y personalísimos a la alimentación, vivienda, trabajo y salarios dignos".

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La presentación cita artículos jurídicos y precedentes de la Cámara de Casación. Sostiene, además, que el protocolo no tiene sustento en lo que establece el artículo 194 del Código Penal, que pena los entorpecimientos de transporte y servicios públicos.

Hábeas corpus de Pérez Esquivel

En simultáneo hubo una presentación colectiva de Adolfo Pérez Esquivel junto a referentes del Partido Obrero, que quedó radicada en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°17, a cargo del juez Gustavo Pierrietti.

Adolfo Pérez Esquivel en el Ciclo de Entrevista 2
Adolfo Pérez Esquivel.

Se trata de una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo, al que consideraron el medio idóneo para "prevenir la amenaza ilegal que afecta la libertad ambulatoria e integridad física de todas las personas que se movilizarán el día 20 de diciembre del corriente año y los dirigentes de las organizaciones convocantes a dicha movilización".

Por eso pidieron que se deje sin efecto la Resolución y se le ordene al Poder Ejecutivo de Nacional que respete el derecho a la protesta de los manifestantes el 20 de diciembre de 2023. Además, le pidieron al juez que también le ordene al Ejecutivo que se abstenga de llevar adelante procedimientos para individualizar y/o detener o requisar personas que aleatoriamente circulen por las estaciones ferroviarias y accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Puente Pueyrredón, La Noria, Saenz, entre otros).

"La resolución vulnera diversos derechos, garantías y principios constitucionales: derecho a la protesta, libertad de asociación y reunión, derecho a la intimidad, derecho a huelga y libertad sindical, libertad de expresión, libertad de circulación y libertad personal y principios de reserva, legalidad, republicano de gobierno, racionalidad y control de actos de gobierno y división de poderes", dice la presentación.