El titular del juzgado federal de Paraná, Daniel Alonso, rechazó una presentación de habeas corpus, sobre la la ampliación de facultades de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) que se dictó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025, a fines de diciembre de 2025. Esa norma modifica de forma profunda el sistema de inteligencia argentino y otorga funciones nuevas o más amplias a la SIDE, algunas de ellas muy controvertidas.
El habeas corpus preventivo había sido presentado por los abogados de la UCR Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos.
El Juez estableció en el fallo que “no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución, ni vulneración de garantía constitucional alguna”.
Sin embargo, quienes pidieron el recurso apelarán al rechazo. “El hecho mismo que el DNU habilite la detención por agentes de inteligencia sin orden judicial, en sí mismo, es un peligro concreto, real y potencial. O sea: la ley habilita este procedimiento repugnantemente inconstitucional y anticonvencional”, declararon a La Nación.
Alonso expresó “del escrito promocional no se advierte la existencia de los supuestos de procedencia del hábeas corpus preventivo”.

El DNU, firmado el pasado 31 de diciembre, recibió numerosos amparos en su contra, pero ninguno había llegado a la instancia de ser tratado durante la feria judicial de enero, momento en el que las tareas se reducen al mínimo y solo se tratan temas de urgencia.
Qué dice el DNU
El DNU firmado por Javier Milei sobre inteligencia modifica el funcionamiento y las atribuciones de la SIDE y del sistema de inteligencia en general. En otras palabras, le da más poder operativo y centraliza funciones.
El punto más discutido del decreto es que habilita a agentes de inteligencia a detener o aprehender personas en el marco de sus actividades de inteligencia, incluso sin orden judicial previa en casos de flagrancia. Las criticas principalmente radican en la afeccion de derechos y garantías constitucionales como la libertad ambulatoria y el debido proceso. Esto debido a que esta medida permitiría detenciones por agentes que no son parte del sistema tradicional de seguridad y sin el control judicial inmediato que exige la Constitución.
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Además, el decreto establece que todas las operaciones del sistema de inteligencia tienen carácter encubierto, lo que oscurece aún más el control externo y complica saber cuándo y cómo se aplican esas facultades dentro del territorio nacional.
Más allá de las detenciones, la SIDE queda como órgano rector de todo el sistema, coordinando varias agencias como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia. Esto implica una centralización del poder de inteligencia en un único organismo bajo conducción política directa. Los críticos argumentan que el DNU otorga facultades cuasi policiales por decreto, algo que tradicionalmente debe regularse por ley del Congreso.
Además, la medida contempla que la SIDE pueda requerir información de otros organismos del Estado, tanto nacionales como de provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, lo que amplía su alcance operacional. Este aspecto también fue duramente criticado por la oposición señalándolo como una forma de “des democratizar” los servicios de inteligencia.
RG / ds