POLITICA
El trascendente fallo de la Corte sobre la Ley Espa

Según el abogado que inició el amparo, la ley "era para hacer un negociado"

El dcotor Ernesto Halabi fue quién llevó el tema a la Justicia. "Acá se quiso privatizar, como en las mejores épocas del gobierno de Menem, el servicio de espionaje", sostiene.

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El abogado Ernesto Halabi, que presentó el recurso para lograr la inconstitucionalidad de la "ley espía", advirtió que esa norma fue una "ley perversa y un engendro", y opinó que la única intención de esa reglamentación"fue hacer un negociado".

"Según mi leal saber y entender, (la ley) fue nada más que una intención de hacer un negociado que era obligar a las empresas de servicios de comunicaciones a comprar los equipos cuyos costo en dólares era bastante elevado", dijo hoy Halabi durante una conferencia de prensa que dio en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF).

La ley 25.873 ordenaba que las empresas de telecomunicaciones almacenaran durante 10 años la información de las comunicaciones que sus usuarios emitían a través de mails, chats y paginas webs, y para ello las compañías debían disponer de los "recursos humanos y tecnológicos necesarios", fijaba la norma, y "soportar los costos derivados de dicha obligación".

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"Acá se quiso privatizar, como en las mejores épocas del gobierno de Menem, el servicio de espionaje", sostuvo Halabi. El abogado explicó que las grandes empresas debían invertir alrededor de 1.700 millones de dólares en el nuevo equipamiento y aseguró que la mayoría de las pequeñas compañías que brindan el servicio de Internet "iban a desaparecer" por la imposibilidad de adquirir esos equipos.

Tras calificar la norma como "ley perversa, un engendro", el abogado señaló que ésta "es la primera vez en la historia jurídica del país que un decreto se deja en suspenso". El letrado aseguró que durante el plazo que la ley estuvo en vigencia las empresas no la cumplieron "no alcanzaron a comprar los equipos".

El presidente del CPACF, Jorge Rizzo, que también participó de la conferencia de prensa, sostuvo que "a partir de ahora ningún habitante de la República Argentina podrá ser oficialmente espiado si no media orden judicial previa, como determina la propia constitución nacional".

El titular de la entidad pública destacó que la Corte haya dictado una acción de clase que permitió que el fallo se aplique a todas las personas y no solo a quien inició la demanda. "Ha quedado sellada definitivamente la suerte de una ley que de haberse puesto operativa hubiera, sin lugar a dudas, puesto en jaque a toda la población", completó Rizzo.

Fuente: DYN