La posible candidatura presidencial de Cristina Kirchner plantea un escenario inédito en la Argentina, de acuerdo a dos expertos consultados. Por primera vez, una candidata con doce procesamientos, cinco causas elevadas a juicio, un juicio oral y público en trámite en plena campaña podría competir por la Presidencia. La ley no se lo prohíbe. Pero la situación judicial de Cristina tiene otro componente. La senadora tiene seis pedido de prisión preventiva por distintas causas de presunta corrupción.
El juez Claudio Bonadio dejó escrito que la acusada deberá quedar detenida una vez que cesen sus fueros parlamentarios o sea desaforada por el Senado. ¿Qué pasaría si Cristina ganara las elecciones de octubre, renunciara a su banca para asumir la Presidencia y perdiera sus fueros? ¿Puede quedar detenida?
PERFIL consultó a los abogados constitucionalistas Adelina Loianno y Daniel Sabsay. Sabsay es profesor titular y director de la carrera de posgrado en Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires (UBA) mientras que Loianno es coordinadora de la Especialización en Derecho Constitucional en Facultad de Derecho UBA. No sólo este escenario nunca ha sucedido, de acuerdo a los expertos consultados. La Constitución nunca lo previó. Por eso, de acuerdo a Loianno, podría ser la Justicia la que termine dilucidando el resultado de este partido.
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La campaña. Sobre si CFK debe o no solicitar una licencia de su banca en el Senado para lanzarse como candidata a la Presidencia, Sabsay sostiene que “si bien correspondería ésto no es obligatorio y no suele suceder durante las campañas”. Loianno por su parte afirma que incluso si el legislador se tomara una licencia para realizar la campaña, eso no implicaría que pierda sus fueros parlamentarios y pueda quedar detenido. “Mientras el legislador no tenga un desafuero del Congreso, esos fueros lo protegen ante un riesgo de detención. Si se pidiera una licencia, por cualquier motivo, ésta también sería concedida por el Congreso y deberá fijar los límites y alcances de esa licencia”, agregó la abogada.
“Para asumir un cargo en el Ejecutivo, se debe renunciar a la banca en el Senado, ya que una persona no puede ocupar cargos simultáneos en los poderes Ejecutivo y Legislativo”, asegura Sabsay. En ese momento, perdería los fueros.
“Los fueros parlamentarios fueron pensados para garantizar la libertad de expresión del legislador y de su función republicana: elaborar leyes. No fueron pensados como coraza de protección ante cualquier delito. Sin embargo, existe una deformación en la interpretaciones de la Constitución en cuanto al alcance de los fueros y mientras no se decida el desafuero por el Congreso, los fueros protegen ante un pedido de detención”, añadió Loianno.
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¿Los presidentes tienen fueros? “No”, explica Loianno. Y agrega: “la presidencia no tiene fueros, el presidente es un ciudadano más, de hecho es ‘el Primer Ciudadano’. Pero hay que tener en cuenta que para remover a un presidente es necesario someterlo a juicio político. Luego del proceso, en el que intervienen ambas cámaras, el presidente destituido es puesto a disposición de la Justicia” para que se tomen las decisiones correspondientes a ese poder. Por lo tanto, no podría quedar detenida.
“Existe una teoría de que los presidentes cuentan con una especie de garantía de su libertad ambulatoria, eso implicaría que no pueden ser detenidos”, explicó Sabsay. Sería una especie de fuero tácito que no está contemplado en la Constitución, explicó el especialista en derecho constitucional.