SOCIEDAD
Control sanitario

ANMAT prohibió un dentífrico, un aceite de oliva y productos para piletas por irregularidades sanitarias

El organismo ordenó el retiro inmediato de distintos productos comercializados en el país tras detectar falsificación, datos sanitarios adulterados y falta de registros. Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y alcanzan a un dentífrico, un aceite de oliva y una línea de productos químicos para piscinas.

Aceite de oliva
ANMAT prohibió la venta de aceite de oliva | Pixabay

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de venta, distribución y uso de un dentífrico en polvo, un aceite de oliva virgen extra y diversos productos destinados al mantenimiento de piscinas, luego de detectar una serie de irregularidades que comprometen su trazabilidad, autenticidad y seguridad para los consumidores.

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Las medidas fueron oficializadas este jueves 11 de junio de 2026 mediante las Disposiciones 3521, 3522 y 3523 publicadas en el Boletín Oficial. Según informó el organismo, los productos involucrados presentaban desde falsificación de datos sanitarios hasta ausencia total de registros y responsables identificables de fabricación.

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Uno de los casos más relevantes corresponde al producto denominado “Dentífrico en polvo con carbón natural – CARBON WHITE”. A través de la Disposición 3522/2026, la ANMAT determinó que el artículo exhibía información falsa relacionada con su inscripción sanitaria y que además imitaba a un producto legítimamente registrado.

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Las investigaciones realizadas por el organismo permitieron comprobar que no fue posible identificar de manera fehaciente al establecimiento responsable de su elaboración. Esta situación impide verificar las condiciones bajo las cuales fue fabricado y si cumple con los estándares exigidos por la normativa sanitaria vigente.

Frente a este escenario, la ANMAT concluyó que no existen garantías sobre la seguridad, calidad y eficacia del dentífrico, por lo que resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.

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La segunda medida alcanzó al producto rotulado como “Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive”. La Disposición 3521/2026 surgió luego de una denuncia presentada por la empresa titular de la marca, que alertó sobre la existencia de unidades comercializadas de manera irregular.

Tras analizar el caso, el organismo determinó que se trataba de un producto falsificado. Según la resolución, el aceite utilizaba de forma indebida la marca y los registros sanitarios pertenecientes a la firma legítima, configurando así un caso de producto apócrifo.

Además, la investigación concluyó que el aceite carecía de registros sanitarios propios y que no era posible identificar claramente su origen de elaboración. Por ese motivo, se prohibió su elaboración, fraccionamiento, comercialización y expendio en todo el país.

El tercer grupo de productos alcanzados por las restricciones corresponde a la línea “BICH OVER Piscinas”, integrada por insecticidas, desinfectantes, alguicidas, clarificadores y otros artículos utilizados para el tratamiento y mantenimiento del agua en piscinas.

En este caso, la ANMAT advirtió que los productos carecían de registro sanitario y que tampoco se encontraron inscriptos ante el organismo los establecimientos responsables de su fabricación o comercialización.

Las irregularidades fueron detectadas durante tareas de fiscalización realizadas por el organismo y mediante el monitoreo de plataformas de venta online y otros canales electrónicos donde estos productos eran ofrecidos al público.

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De acuerdo con la resolución oficial, los inspectores verificaron que los artículos no contaban con autorización sanitaria válida y que incluso el eventual registro de algunos de ellos no resultaría viable según la normativa vigente.

La ausencia de información confiable sobre el origen de los productos, sumada a la imposibilidad de determinar las condiciones de manufactura, llevó a la ANMAT a concluir que representan un riesgo potencial para los consumidores.

La ANMAT recordó que la falsificación de productos y el uso indebido de registros sanitarios constituyen infracciones graves que pueden poner en riesgo la salud pública, especialmente cuando se trata de artículos destinados a la higiene personal, la alimentación o el tratamiento de aguas de uso recreativo.

LV/LT