SOCIEDAD
BOLETÍN OFICIAL

La ANMAT prohibió la venta de una cerveza importada y otros productos

El organismo considera que los mismos "no pueden ser identificados como producidos, elaborados y fraccionados en un establecimiento determinado".

cerveza importada 10222019
Imagen de carácter ilustrativo | Entre los alimentos prohibidos por la ANMAT se encuentra una cerveza importada. | Shutterstock

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes 22 de octubre una lista de productos que incluye cerveza importada hasta galletitas, un aceite de oliva extra virgen y especias. La disposición fue publicada en el Boletín Oficial.

Para organismo, los productos en cuestión no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, y que por lo tanto no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.

En detalle. La ANMAT prohibió la venta de la "cerveza especial Mahou Cinco Estrellas" que lleva el logo de alimento libre de gluten. Mediante la disposición 8559/2019 indican que el producto —elaborado por Mahou S.A, en Madrid, España— "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y porque está falsamente rotulado". Entre otras cuestiones señaladas en el Boletín Oficial, "consigna la leyenda libre de gluten sin estar autorizado como tal, siendo en consecuencia ilegal".

Otra de las prohibiciones abarca una marca de galletitas. En el artículo 1° de la disposición 8512, establece: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs".

La administración prohibió también varios productos domisanitarios elaborados por la firma Fiorella Distribuidora por fraccionar los mismos sin contar con autorización de establecimiento y comercialización. El artículo 1° de la disposición 8514 publicadaen el Boletín Oficial, sostiene en un fragmento: "Prohíbese el uso y la comercialización en todo el territorio nacional todos los lotes de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma FIORELLA DISTRIBUIDORA de David Sánchez sita en la Avenida Juan Manuel de Rosas 4428, San Justo".

En la misma línea, prohibió además la comercialización un aceite de oliva extra virgen de la marca Finca Don Francesco (RNPA 4117-0424-13, RNE 4117-105656-13, Establ. N° 13003815, Aimogasta - La Rioja) y todos los productos con el RNE N° 13003815, que está "dado de baja". En la Disposición 8516/2019, detallan que la decisión de prohibir el aceite responde al hecho de que "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto, está falsamente rotulado y es en consecuencia ilegal".

La lista de productos prohibidos por la ANMAT en esta jornada, la completan aquellos elaborados y envasados por POO Alimentos S.A. que están rotulados de la siguiente manera: "Provenzal, Perejil y Ajo, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021", "Nuez moscada, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: Abril 2021", "Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021", "Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021" y "Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021".

En la disposición que lleva el número 8517/2019, se dejó en manifiesto que los mismos no cumplían con la normativa del Código Alimentario Argentino (CAA), "por presentar elementos histológicos ajenos a los productos"

F.D.S./F.F.