La Cámara en lo Penal Económico confirmó el procesamiento de la modelo colombiana Angie Sanclemente Valencia como supuesta "jefa de una asociación ilícita dedicada al contrabando agravado por tratarse de drogas destinadas a la comercialización". La Sala B de la Cámara, con la firma de los jueces Carlos Pizzatelli, Marcos Grabivker y Roberto Hornos, dio por "suficientemente acreditado" que la modelo habría comandado la organización.
Según fuentes judiciales, la Cámara habría establecido que Sanclemente Valencia " daba órdenes a los demás integrantes de la asociación y sería nexo entre jefes de un cartel mexicano y los integrantes de la organización que ella lideraría". En una treintena de páginas, la Cámara confirmó también el embargo contra la modelo, por 13.750.000 pesos.
"Se encontraría acreditado que el día 13 de diciembre de 2009 el denominado 'imputado 1' habría intentado abordar el vuelo MX 1692 de la Compañía Aérea Mexicana de Aviación con destino a la ciudad de Cancún, y que el nombrado habría despachado a la bodega de aquel avión dos valijas en las que se habría hallado aproximadamente 55 kilos de cocaína", explica la resolución.
Ese episodio disparó la investigación, en la que otro imputado reveló que la modelo colombiana "había viajado a la Argentina aproximadamente el 7 de diciembre de 2009, que habría traído consigo dos mascotas, que se habría alojado en distintos hoteles, los cuales individualizó, y que habría estado presente en el momento en que se acondicionó la sustancia estupefaciente en las valijas que posteriormente fueron secuestradas".
Sanclemente Valencia, cuyos apodos serían "Pepo" y "Diamante", no pudo probar tal como declaró su abogado, el ex juez Guillermo Tiscornia- que su situación fuera producto de una desavenencia entre personas enemistadas.
"No surgiría de la investigación la existencia de una situación de enemistad entre los nombrados (los otros imputados) y Sanclemente Valencia, ni median indicios ni razones que permitan suponer la intención de aquéllos de causar un perjuicio injustificado a la nombrada", sostiene el fallo.
Fuente: DyN.