SOCIEDAD
No me condenen, soy Giordano

Giordano, a un juicio oral por presunta evasión

La Cámara en lo Penal Económico confirmó su procesamiento. La Justicia había detectado una presunta evasión que superaría los 100 mil pesos. Podrían citarlo nuevamente a prestar declaración indagatoria.

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La AFIP descubri que el peluquero evada al fisco. | Cedoc

La Cámara en lo Penal Económico dejó al peluquero Roberto Giordano a las puertas de un juicio oral y público por los presuntos delitos de evasión previsional e impositiva, informaron hoy a DyN fuentes judiciales.

La Sala A de la Cámara, con las firmas de los jueces Edmundo Hendler y Juan Carlos Bonzón, confirmó el procesamiento dictado por el juez de primera instancia Marcelo Aguinsky, quien lo indagó en octubre del año pasado como consecuencia de un pedido de la fiscal María del Carmen Rogliano.

La fiscal llevó adelante una larga investigación sobre los manejos económicos de las peluquerías de Giordano y detectó desde 2002 a la fecha una presunta evasión que superaría los 106.000 pesos.

No obstante, la Cámara dispuso que Giordano sea investigado también por otros períodos contables, desde 1996 en adelante, por una presunta evasión que rondaría el millón de dólares, añadieron las fuentes.

A raíz de esa investigación ampliada, Giordano podría ser citado nuevamente a prestar declaración indagatoria.

En el marco de la causa, los locales comerciales y administrativos de Giordano fueron allanados en al menos 15 oportunidades para secuestrar documentación.

Según la Cámara, el estilista llevó una "contabilidad clandestina" mediante la cual eludió impuestos devengados por servicios y salarios.

La Ley Penal Tributaria, que lleva el número 24.769, establece para algunas de estas figuras penales condenas que llegan hasta los nueve años de prisión.

A fin de febrero pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la clausura por cinco días de la peluquería de Giordano, a quien también se le aplicó una multa de 3.000 pesos, por no emitir ticket, factura y/o documento fiscal equivalente".

"La medida había sido apelada por el contribuyente hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, instancia que resolvió dejar firme la sanción oportunamente confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico", aclaró en aquella oportunidad la AFIP mediante un comunicado de prensa.

Fuente: DyN