SOCIEDAD
Fallo a favor de una familia que vive con $ 200 por mes

Justicia ordenó reglamentar beneficio a discapacitados

Una jueza en lo Contencioso Administrativo ordenó al Ministerio de Salud aplicar una ley sancionada en 1997 que les brinda ayuda económica. La cartera sanitaria dijo no tener responsabilidad y derivó la orden.

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Una jueza en lo Contencioso Administrativo ordenó al ministerio de Salud reglamentar una l ey sancionada en 1997, hasta hoy sin aplicación en la práctica, que otorga ayuda económica a personas con discapacidad y en "estado de necesidad".

La resolución de la jueza Claudia Rodríguez Vidal, que se conoció hoy, ya fue apelada por la cartera sanitaria mediante un escrito en el que dijo no tener responsabilidad en el caso y sugiere remitir la orden de procedimiento al ministerio de Desarrollo Social.

En su resolución, la magistrada hizo lugar a una acción de amparo presentada por una mujer que padece artritis reumatoide, enfermedad que la obliga a movilizarse con silla de ruedas, le provoca un deterioro físico progresivo y requiere de cuidados especiales que no puede afrontar por su situación económica.

La paciente vive en un inquilinato junto con su marido, desocupado, y una hija menor de edad, y por todo ingreso percibe poco más de 200 pesos de un plan Jefes y Jefas de Hogar.

"Corresponde ordenar al Ministerio de Salud que proceda a dictar, juntamente con la Comisión Nacional Asesora para la integración de Personas Discapacitadas, las normas que resulten necesarias para la aplicación del beneficio previsto en el artículo 33 de la Ley 24.901", dispuso la jueza en la sentencia.

Esa normativa establece que "se otorgará cobertura económica con el fin de ayudar económicamente a una persona con discapacidad y/o su grupo familiar afectados por una situación económica deficitaria".

Amparada en esa ley vigente pero sin reglamentar, la mujer con discapacidad elevó en febrero de 2005 una solicitud de ayuda ante el Programa Federal de Salud (Profe), argumentando "necesidades básicas insatisfechas".

Tras no obtener respuesta, recurrió a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, que en setiembre de ese año exhortó -en una resolución- al Poder Ejecutivo a reglamentar los artículos 33 al 37 de la Ley 24.901.Pero el trámite no avanzó y recurrió a la Justicia, que ahora falló a su favor.

Sin embargo, la mujer deberá seguir esperando la ayuda que establece la ley, dado que el ministerio de Salud apeló y la medida de la jueza Rodríguez Vidal pasará ahora a otra instancia procesal.

Romina Kelly, abogada de Poder Ciudadano y apoderada legal de la mujer, dijo a la prensa que la apelación "postergará innecesariamente una resolución hasta el año próximo, cuando, en realidad, tienen obligación de hacerlo".

"No interesa quién reglamentará esta ley, pero alguien debe hacerlo. Ahora sólo hablamos de cuatro artículos, llenos de buenas intenciones, que no pueden llevarse a cabo por la falta de reglamentación", cuestionó la letrada.

Fuente:  Télam

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