SOCIEDAD
Ocurri en Balvanera hace doce aos

Por derrumbe condenan a constructora y a gobierno

El dueño de una imprenta había alertado al Ejecutivo de Buenos Aires. "Resulta pueril argumentar, como lo hace el Gobierno de la Ciudad, que no es su función 'intervenir cuando hay un profesional al frente de una obra'", sostiene el fallo.

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La Cámara Civil condenó a una empresa constructora y al gobierno porteño a pagar una indemnización a los dueños de una imprenta del barrio de Balvanera por el derrumbe de su local a raíz de los vicios que presentaba una obra en un terreno vecino, donde se proyectaba levantar un edificio.

La sentencia fue dictada por la sala F de la Cámara Nacional en lo Civil a raíz de lo ocurrido el 16 de marzo de 1995 en México 1355, lugar donde había una imprenta que fue destruída junto con toda la maquinaria cuando se derrumbó el local por fallas en la excavación del pozo de obra del terreno vecino.

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El hecho remite a lo ocurrido el lunes en la calle Pedro Goyena de Caballito, cuando una vivienda familiar resultó destruida por obra de una construcción de un edificio por parte de la firma platense Credil. Ante la hipótesis de pagar una indemnización, la firma, lejos de asumir responsabilidades, pidió indemnización.

El tribunal de apelaciones confirmó un fallo de primera instancia que condenó a la constructora pero hizo extensiva la responsabilidad al gobierno porteño "por haber omitido ejercer el poder de policía cuando se le requirió que tomara intervención", según la sentencia dictada en febrero último pero difundida hoy.

La empresa constructora, "PB Club SA", que deberá indemnizar a los dueños de la imprenta, tenía previsto construir un edificio de ocho pisos y dos subsuelos y desde el comienzo de la obra los dueños de la imprena habían advertido al gobierno porteño sobre posibilidades de derrumbe

La denuncia había sido presentada ante la Dirección de Guardia y Auxilio y Emergencias, que intimó a la constructora, aunque esta empresa no acató la advertencia.

"Resulta pueril argumentar, como lo hace el Gobierno de la Ciudad, que no es su función 'intervenir en una obra en construcción cuando hay un profesional frente a ella'", consideró la Cámara Civil.

La Justicia entendió que ese argumento no es válido porque el Gobierno porteño "en ejercicio del poder de policía tiene facultades para realizar el seguimiento de las edificaciones que originen peligros para personas y/o bienes privados o públicos".

También tiene la potestad de "efectuar clausuras, desocupaciones y/o demoliciones en caso de peligro o inseguridad futura, disponer las medidas técnicas del caso, ordenar los trabajos necesarios para eliminar el peligro inmediato y solicitar, la colaboración de otras áreas y/o equipamiento especial".

De acuerdo a informes periciales que constan en la causa, el derrumbe ocurrió por "las excavaciones que se realizaban por debajo del nivel de fundación del muro divisorio o medianero que separaba los predios, al ceder los tabiques por falta de apuntalamiento de muros y estructura del predio lindero".

La imprenta, Gráfica Pinter S.A. reclamó una indemnización que cubriera los daños, el costo de demolición y reconstrucción del edificio, el valor de las máquinas o su reparación y repuestos, gastos de reinstalación de la imprenta, entre otros rubros.

"Si la obra nueva no se hubiese emprendido no se habrían producido los daños y es obvio que no mediaron actos o hechos imputables al actor, o a sus dependientes, que agravaran el riesgo inherente a dicha obra", se sostuvo en el fallo.