La Plata – Por una atención más segura, el "autoservicio" de combustibles en las estaciones de servicio de la provincia de Buenos Aires quedó, a partir de hoy, prohibido por ley.
La norma número 13.623, promulgada y publicada hoy en el Boletín Oficial, otorga a las expendedoras un plazo de 60 días para desactivar el sistema de autoservicio sino "serán sancionadas con la clausura preventiva del establecimiento hasta tanto acrediten, ante las autoridades de contralor, que cuentan con el suficiente personal capacitado para brindar una debida atención y cumplan con las medidas de seguridad establecidas".
Además, la medida establece que "todas las estaciones de servicio existentes y las que se habiliten en el futuro, deberán estar atendidas por personal especialmente capacitado en el rol de incendios y en la aplicación de las normas de seguridad para el expendio de combustible por surtidor".
Indica también que quienes desempeñen en las playas de surtidores de los comercios de venta de carburantes líquidos o de gas natural comprimido "deberán adquirir todas las capacidades necesarias para actuar en situaciones de emergencia" .
Fuente: DyN