SOCIEDAD

Una medida para tomar de ejemplo

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Los padres somos responsables de los actos de los hijos: respondemos por todos sus actos ilícitos, incluso en casos extremos como los que significan las falsas amenazas de bomba. Está comprobado por las autoridades educativas que, normalmente, los chicos lo hacen para escapar de alguna prueba o para evitar alguna clase, y ante la duda hay que desalojar, lo que es un verdadero trastorno para el establecimiento y las fuerzas de seguridad, que se ven desplegadas innecesariamente ante una denuncia falsa.
No hay un daño material que se pueda mensurar, pero sí hay un daño en cuanto a movilizar a las fuerzas de seguridad, y todo esto es resarcible. La persona que genera este daño tiene que responder con sanciones ejemplificadoras, como la que implica este fallo del Juzgado Nº 8 al alumno de la escuela de Villa del Parque.
En este caso, la sanción a los padres también sienta un precedente a tomar como modelo. Hay personas que dicen “no tengo nada que ver”, y hay otros padres que se hacen cargo y dan una respuesta ante la sociedad. Aquí, les tocará responder con un embargo.
En general, los jueces archivan estos casos. Un fallo así es una forma de poner límites, porque la Justicia –y sobre todo la Penal o Contravencional– tiene un carácter coercitivo, trata de desalentar, indicar que lo que uno hace implica una pena, y
que si se repite, se agrava. En eso consiste el poder disuasivo.
Sin embargo, no creo que a partir de una sentencia así ocurra una catarata de contagio en los demás jueces. Ojalá esté equivocada y así sea.

 

*Abogada. Asesora letrada del Colegio Público de Abogados de CABA.

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