SOCIEDAD
ENTRA EN VIGENCIA LEY ANTITABACO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Desde ayer, sólo se fuma en lugares habilitados

La normativa lo prohibe en espacios cerrados de acceso público. Se exceptúan tabaquerías, centros de salud mental y de detención, así como bares con más de 100 m2.

3009tabaco468
Los fumadores debern apagar los cigarrillos en los bares | Cedoc
Desde ayer, los fumadores porteños están en problemas. La tradicional costumbre de sentarse en la mesa de un bar y acompañar el cortado con un "pucho" está penada por la ley. La idiosincrasia de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires entrará probablemente en crisis. Mientras tanto, los que odian el tabaco, festejan.

A partir de ayer entró en vigencia la ley antitabaco en la Capital Federal: seguramente  ya nada será igual para quienes disfrutan del peligroso -y hasta mortal- placer del cigarrillo.

Está prohíbido fumar en bares, confiterías, restaurantes con menos de 100 m2 de superficie, locutorios, cibercafés, shoppings, cabinas telefónicas, gimnasios y cualquier espacio cerrado de acceso al público.

La normativa exceptúa de la prohibición a clubes para fumadores de tabaco y tabaquerías con áreas especiales para degustación, centros de salud mental y centros de detención penal o contravencional, y salones de fiesta cuando sean utilizadas para eventos de carácter privado.

Los locales con una superficie superior a 100 m2 destinada a la atención al público (no se incluye la cocina, baños o depósitos) podrán otorgarle a los fumadores el 30 por ciento del espacio, como máximo.

La restricción regirá en forma parcial en salas de fiesta de uso público, en general en las que no se permita la entrada a menores de 18 años, y en shoppings o paseos de compras cerrados, donde las áreas especiales para fumar deberán estar señalizadas y apartadas del resto de las dependencias.

Severas multas. La ley fue sancionada por la Legislatura porteña hace un año y hace una semana fue reglamentada con el número 1.501, disponiendo como autoridad de aplicación a los ministerios de Salud y Hacienda de la ciudad.

Están previstas la aplicación de multas de entre 500 y 2.000 pesos para castigar a los responsables de establecimientos con una superficie inferior a 100 m2 que incumplan la norma.

Las multas serán de entre 50 y 500 pesos para quienes provean cigarrillos o tabaco a menores de 18 años.

Los dueños de los locales donde no se cumpla con la obligación de informar sobre la prohibición deberán abonar de 250 a 1000 pesos por la infracción, y los comercios que registren tres multas consecutivas en un año serán clausurados por 30 días.

Ya a partir del 1 de marzo de este año la ley había comenzado a regir con la restricción de fumar en dependencias del gobierno porteño, para de alguna manera, predicar con el ejemplo.

Aire libre. La norma tiene como objetivo "garantizar espacios libres de humo para los no fumadores, porque padecen los mismos problemas que los que fuman", según informó el Coordinador de Redes de Salud del ministerio sanitario porteño, Rubén Varaglia.

El especialista afirmó que en Argentina "el cáncer de pulmón es la primera causa de muerte por tumores y la segunda es el cáncer de colon", por lo que consideró "importante intervenir en el tema".

Como parte de la aplicación de la norma, a partir del lunes estarán habilitadas la líneas telefónicas 0800-9992727, destinada a recepción de denuncias, y 0800-333salud, para ofrecer asesoramiento sobre tabaquismo.

Varaglia sostuvo que el gobierno porteño mantuvo contacto con las cámaras de comercio para "concientizar a los dueños de bares y restaurantes sobre la necesidad de luchar contra el tabaquismo".

La norma, cuya autoría corresponde a la actual diputada y ex legisladora porteña, Paula Bertol (Pro), se sumará a las ya vigentes en Santa Fe, Córdoba y Tucumán, donde la restricción de fumar "es más absoluta que en la ciudad", dijo Varaglia.

El funcionario sostuvo que en las tres provincias "las cámaras de comercio no disminuyeron las ventas a partir de la vigencia de la prohibición de fumar".

Fuente: DYN