Ganancias: cuáles son las deducciones que pueden declarar los trabajadores para pagar menos
Según explicó la contadora pública, Elisabet Piacentini, “ellos lo que pretenden es que con el sueldo del mes de julio ya los empleadores puedan empezar a retener”.
Previo a reglamentarse los cambios en el impuesto a las ganancias, hay una serie de deducciones que se pueden realizar para que se cobre menos, son cuestiones a las que estará atento el empleador en función de retener lo mínimo posible. Es por eso que para explicar este tema, este medio se contactó con la contadora pública, Elisabet Piacentini.
Desde cuando los empleadores pueden retener Ganancias con el nuevo régimen
“Faltan reglamentaciones, AFIP está acelerando muchísimo, algunas ya las tenía preparadas pero tienen que ajustar”, comentó Elisabet Piacentini. “Ellos lo que pretenden es que con el sueldo del mes de julio ya los empleadores puedan empezar a retener, entonces, allí vienen muchos cambios, tenemos que remontarnos al año pasado cuando había muchas retenciones del impuesto a las ganancias”, agregó.
Cuál es el sueldo que abarca el impuesto a las ganancias
Posteriormente, Piacentini planteó: “Para solteros sería $1.800.000, lo cual en mano sería casi $1.500.000 y para la persona que tiene 2 hijos, que por ahí no deduce al cónyuge porque tiene trabajo, en ese momento sería en mano $1.700.000”. Luego, manifestó que, “a partir de un recibo de sueldo donde está percibiendo $1.700.000, el empleador va a estar atento, hay que poner todas las deducciones y empezar a hacerle las retenciones”.
Cuáles son las deducciones hay que continuar informándole al empleador
“Tenemos casi una docena de deducciones que se pueden implementar e informar en este formulario, es muy interactivo, lo subimos en la página, completamos con todos los datos y allí nuestro empleador toma esos montos y ve qué nos puede deducir para retener menos”, sostuvo la entrevistada. “Esto es importante que se haga cuanto antes, en cuanto justamente salga la reglamentación”, complementó.
Por otro lado, la contadora pública señaló: “En principio, todo lo que nos ha percibido la tarjeta de crédito con aquellos gastos que tuvimos en dólares, ese 30% que nos están cobrando en la tarjeta hay que informarle al empleador”. Sobre la misma línea, remarcó que, “también si tenemos una persona en casa que colabora con las tareas, seguros, un plan de retiro que tengamos hace que paguemos menos Ganancias”.
A modo de cierre, Piacentini expresó: “Las prepagas se deducen, siempre con un límite, no pensemos que todo lo que pagamos de prepaga se puede deducir porque todo esto que vamos mencionando tiene un límite y es lo que justamente se está ajustando en las tablas”.
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