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El Gobierno autorizó al sector textil a acceder al Dólar Agro

Al plan se incluirán las manufacturas provenientes de seda, lana y pelo fino u ordinarios, hilados y tejidos de crin y algodón.

El Gobierno autorizó al sector textil a acceder al Dólar Agro
El Gobierno autorizó al sector textil a acceder al Dólar Agro | Freepick

La nueva medida del dólar agro o dólar soja III impulsó expectativas en el campo, aunque no es el único sector que se verá afectado por esta medida. Es que la iniciativa del ministro de Economía, Sergio Massa, se extendió también al sector textil y, en consecuencia, accederá al beneficio de cobrar sus exportaciones a una cotización de $300.

La extensión del plan se definió por medio del Decreto 194/2023 que dictó el Gobierno Nacional, en el que integra a las "Materias Textiles y sus manufacturas" en referencia a la seda, lana y pelo fino u ordinarios, hilados y tejidos de crin y algodón.

De esta manera, quienes pertenezcan al sector textil y se integren a esta medida deberán tener en cuenta que el plazo máximo para liquidar las exportaciones es hasta el 31 de agosto de este 2023. 

El sector textil fue uno de los principales motores de la inflación durante 2022. Según los datos del INDEC, este rubro registró un aumento de precios durante el año pasado del 120,8%, el más alto de todos los segmentos relevados por el organismo, y que además fue 26 puntos superior a la inflación general del 94,8%. Además, la entidad informó que durante 2022 las exportaciones textiles de la Argentina fueron de US$422 millones, con una merma del 1,4% frente a 2021. En tanto, las importaciones alcanzaron a US$1.835 millones con un alza del 33,1%. De esta forma se generó un déficit de US$1.358 millones.

A principios de noviembre el gobierno y las cámaras del sector acordaron precios por 60 días, pero los efectos no fueron los esperados, dado que los precios subieron un 4,6% en noviembre y en diciembre un 4%.

El Gobierno reglamentó la tercera edición del dólar soja III

El Gobierno estableció los requisitos que deberán cumplir los productores que ingresen al plan Dólar Agro. La iniciativa alcanza a aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la vigencia del decreto del dólar soja III.

Además deberán contar con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) con vencimiento acorde al período de embarque declarado más la prórroga automática, durante los sesenta 60 días posteriores desde la entrada en vigencia de esta Resolución.

Se realizará el seguimiento de las operaciones de compraventa de grano en relación a la registración de las DJVE y, ante inconsistencias y/o incumplimientos, los sujetos incumplidores podrán ser excluidos de los Registros de la Secretaría.

La Resolución también dispuso que quienes comercialicen soja a empresas que estén incluidas dentro del PIE mediante Liquidaciones Secundarias de Granos, deberán garantizar que estén respaldadas por Liquidaciones Primarias de Granos previas o comercializadas en los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).