La Ciudad de Buenos Aires comenzó a aplicar una nueva modalidad para la inscripción de declaratorias de herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble, una medida que busca acelerar procesos y reducir errores frecuentes en las sucesiones. Según explicó Melina Turiaze, el cambio apunta a resolver problemas históricos vinculados a las unidades complementarias como cocheras, bauleras y terrazas.
“Se pasa de un sistema más formal a un sistema más ágil”, afirmó la especialista. Hasta ahora, cuando un abogado omitía incluir una unidad complementaria en la minuta de inscripción, el trámite era observado por el Registro y obligaba a realizar rectificaciones que generaban costos y demoras para los herederos.
Turiaze señaló que la nueva normativa, trabajada desde 2025 y vigente desde marzo, incorpora automáticamente estas unidades complementarias junto con la unidad funcional principal. “Eso era muy engorroso porque se perdía plata y tiempo, y perjudicaba a los herederos”, remarcó.
Cambios en sucesiones y herencias en Capital Federal
La especialista explicó que el fundamento jurídico de esta modificación está basado en el principio de accesoriedad previsto en el Código Civil y Comercial. “La unidad complementaria sí o sí va a pertenecer a un todo y va a inscribirse junto con la unidad funcional”, sostuvo.
Además, aclaró que el Registro de la Propiedad seguirá realizando controles exhaustivos antes de aprobar cada inscripción. “El registro no va a inscribir al libre albedrío”, indicó, y detalló que cada matrícula será analizada para verificar cómo está compuesta la propiedad y evitar futuras observaciones administrativas.
Turiaze también destacó que el nuevo esquema beneficiará tanto a abogados como a escribanos, ya que facilitará la confección de escrituras y reducirá tiempos en las operaciones inmobiliarias vinculadas a herencias.
Donaciones, testamentos y planificación familiar
Durante la entrevista, la especialista diferenció el funcionamiento de las donaciones y las sucesiones, dos mecanismos legales que suelen generar dudas entre las familias. “La donación planifica y la sucesión ordena”, resumió.
En ese sentido, explicó que la donación es un acto realizado en vida, mientras que la sucesión produce efectos después del fallecimiento de una persona. También recordó que existen sucesiones testadas —cuando hay testamento— e intestadas, cuando no existe un documento que exprese la voluntad del fallecido.
“Ya no es más un tema tabú hablar de una sucesión o de herencia”, afirmó Turiaze, quien recomendó que las familias conversen y planifiquen la distribución patrimonial para evitar conflictos futuros.
Por último, aclaró que, cuando una persona fallece sin herederos directos ni familiares hasta el cuarto grado, los bienes pueden pasar al Estado. “Si no existiesen colaterales hasta el cuarto grado, ahí sí entra el Estado”, concluyó.