Según la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio se estableció que las facturas de luz y gas deben detallar únicamente el servicio contratado y su precio correspondiente, “quedando prohibido incluir cargos que no estén directamente relacionados con el servicio".
Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con el contador Matías Olivero Vila, quien expresó que se rumorea que la resolución “avasalla la autonomía municipal”, mientras que por el lado de la Nación “se dice que lo que están violando la Constitución con las tasas municipales”.
Cuál es la posición de la Corte Suprema
Según el entrevistado, “la Corte Suprema aceptó la posibilidad de doble o triple imposición, permitiendo que un ingreso bruto sea gravado por impuestos provinciales y municipales simultáneamente, pero la cuestión debatida actualmente es si el método de cobro, viola artículos constitucionales que garantiza la libertad de elección y la información adecuada y veraz”.
Por otra parte, Olivero Vila mencionó que el problema surge cuando se priva al usuario de la libertad de elección, ya que si no paga la tasa municipal, se le corta el suministro de luz, “afectando así su dignidad y su capacidad de decidir cómo y cuándo pagar”. Y agregó: “En algunos casos, los cargos adicionales pueden duplicar el monto de la factura original”.
De cuánto fueron los aumentos de las tasas
En cuanto a la resolución, el contador sostuvo que parece estar relacionada con una tendencia de voracidad fiscal en la que en los últimos años, “las tasas municipales aumentaron descontroladamente”. Y ejemplificó: “En Lanús, la tasa de seguridad e higiene subió del 2,36% al 6%”.
Con respecto a las tasas, Olivero Vila sostuvo que deben estar vinculadas a un servicio específico y, “si se cobra una tasa, debe haber inspectores que brinden el servicio correspondiente”.
Para finalizar, el contador agregó: “El monto de la tasa debe estar en proporción al costo del servicio ofrecido”.