La Cámara 10a del Crimen rechazó los pedidos de cese de prisión o, en su defecto, de prisión domiciliaria, presentado por la defensa de uno de los líderes de One Coin, Alejandro Taylor.
La decisión unánime de los vocales Juan Jose Rojas Moresi, Alfredo Villegas y Carlos Palacio Laje -firmada el 18 de agosto último- implica que Taylor continuará privado de su libertad en el marco de la causa por estafas reiteradas con la presunta criptomoneda.
De qué trata la investigación judicial por la presunta criptomoneda One Coin
Qué pidió la defensa
Los abogados de Eduardo Alejandro Taylor, Juan Pablo Ocaño y Felipe Revol Medrano, solicitaron el cese de la prisión preventiva de su defendido, argumentando que los dos procesos penales en su contra por asociación ilícita y por estafas reiteradas deben ser considerados como una única causa.
Según su criterio, al sumar el tiempo de detención en ambos expedientes, Taylor llevaba un total de cuatro años y seis meses privado de su libertad, lo que excedía el plazo máximo de tres años establecido por el Código Procesal Penal de Córdoba.
La defensa también sostuvo que la fragmentación de la causa en investigaciones separadas violaba el principio de unicidad de la imputación penal y la garantía constitucional non bis in ídem, ser juzgado dos veces por el mismo delito.
Además, consideraron que la prisión preventiva debía ser proporcional a la eventual pena y que, dadas las circunstancias, Taylor ya estaría en condiciones de acceder al beneficio de la libertad condicional.
De forma subsidiaria, los letrados pidieron que se le otorgara a Taylor el beneficio de la prisión domiciliaria con tobillera electrónica.
Cada uno de los argumentos fue rechazado en su dictamen por el fiscal de la causa, Enrique Gavier.
La explicación que dio Alejandro Taylor a Perfil CÓRDOBA
Sucesión de decisiones de los tribunales
Alejandro Taylor fue imputado como coautor de asociación ilícita en calidad de organizador. Fue aprehendido el 23 de diciembre de 2020. La prisión preventiva se ordenó el 30 de marzo de 2021 y fue prorrogada extraordinariamente dos veces por el Tribunal Superior de Justicia.
Al cabo de tres años, en diciembre del 2023, la Cámara 10a del Crimen ordenó el cese de su prisión preventiva por haberse cumplido el plazo máximo.
Sin embargo, en noviembre -un mes antes de aquella resolución- el fiscal de Delitos Complejos, Enrique Gavier, lo imputó como coautor de 20 hechos de estafas.
Al ser liberado, le impuso la obligación de presentar una caución real por U$S 250.000. Como no la efectivizó, el 2 de enero de 2024 fue nuevamente detenido y permanece en esa condición.
Por las estafas, el fiscal dictó la prisión preventiva de Taylor en mayo de 2024.
Concluida la instrucción, los dos expedientes se encuentran actualmente en la Cámara para la realización del juicio. El tribunal dispuso acumularlos.
Argumentos de la Cámara
La Cámara explicó que, según doctrina del Tribunal Superior de Justicia, los plazos de prisión preventiva deben computarse de forma autónoma aún en los casos en que se acumulen procesos por conexidad.
Por presunta asociación ilícita cumplió casi tres años de prisión preventiva. Sin embargo, en el actual proceso por estafas reiteradas lleva un año y siete meses detenido (al 18 de agosto de 2025), plazo que no ha vencido según la ley.
En su voto, el vocal Carlos Palacio Laje subrayó que los plazos de prisiones preventivas en procesos distintos no deben sumarse, incluso si luego se acumulan para el juicio.
Pero además, los jueces consideraron que persiste el peligro procesal. Taylor tiene residencia en Brasil, posee activos millonarios, tiene contactos que podrían facilitarle la evasión de la Justicia. Y también desestimó la posibilidad de otorgarle prisión domiciliaria por carecer de razones “humanitarias excepcionales”, como problemas de salud, asistencia de hijos menores o personas mayores.