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CóRDOBA
ABORTO NO PUNIBLE

Cuántos y qué incidentes demoran el fallo del Tribunal Superior de Justicia

Desde fines del año pasado, cuando trascendió que el borrador estaba listo, el Portal de Belén cuestionó en cinco ocasiones el trámite y los jueces designados para resolver.

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RECTA FINAL. El TSJ prepara el fallo que decidirá sobre la constitucionalidad de la guía de aborto no punible en Córdoba. | Cedoc Perfil

En la semana que se cierra, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) estableció quiénes serán los jueces que resolverán si el protocolo de aborto no punible es o no constitucional; y por lo tanto, si puede o no aplicarse en la provincia de Córdoba. De este modo, se prepara el fallo de fondo sobre el planteo que hizo hace más de seis años la asociación civil Portal de Belén en contra de la guía que elaboró el Ministerio de Salud para dar respuesta al pedido de mujeres con embarazos productos de una violación.

La presentación generó una medida cautelar -provisoria- que se mantiene vigente desde 2012 y que impide a los hospitales provinciales realizar la práctica según el procedimiento establecido en el protocolo, que además nunca llegó a aplicarse.

Al tiempo que confirmó su integración, el TSJ también instó a las partes a no promover más planteos que demoren la sentencia. Y apuntó sus dardos al Portal de Belén. En uno de los párrafos de la resolución difundida el lunes último los vocales advirtieron sobre “una batería de incidencias promovida por la parte demandante que, si se las vincula, evidencian la voluntad de impedir la integración de ese tribunal”.

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¿A qué se refiere el TSJ con el término “batería” de incidentes? PERFIL CORDOBA reconstruyó el historial de planteos desde diciembre del año pasado, cuando había trascendido que el proyecto de sentencia ya se encontraba prácticamente listo.

  • El 13 de diciembre de 2017 el Portal de Belén presentó un recurso para preguntar cómo quedaba integrado el máximo tribunal. Tras la feria de enero, el 5 de febrero de este año, el TSJ respondió que para reemplazar a los vocales ausentes o apartados aplicaría el Acuerdo Reglamentario Nº 721, que estableció un listado de jueces a quien llamar.
  • El 23 de ese mismo mes, Portal de Belén insistió y pidió los nombres.
  • Ante la excusa que presentó una de las integrantes de la lista, Silvia Palacio de Caeiro, el TSJ citó para integrar el tribunal a Silvana María Chiapero. El decreto tiene fecha del 8 de marzo.
  • Una semana después, el 16 de marzo, el Portal se opuso a la excusación de la funcionaria. Esto significó un incidente autónomo que recién alcanzó resolución el 11 de septiembre, cuando el TSJ rechazó finalmente los planteos.
  • El 21 de septiembre la asociación civil recusó a otro de los jueces incorporados: Julio Sánchez Torres. Y también objetó a los vocales naturales del cuerpo (Aída Tarditti, Domingo Sesín, Luis Rubio y Mercedes Blanc de Arabel) por considerar que habían incurrido en mora para resolver la causa.
  • El mismo día hubo otra presentación. Portal de Belén solicitó que se incorporen dos hechos nuevos: la declaración de legisladores provinciales sobre la legalización del aborto libre y voluntario; y el rechazo en el Senado Nacional al proyecto que procuró despenalizar la práctica en Argentina.
  • El 17 de octubre el TSJ resolvió no incorporar ambas cuestiones porque “exceden con creces lo que se debate concretamente” –así lo sostuvo- centrando nuevamente el nudo del expediente en la constitucionalidad o no de la guía para abortos no punibles.

Este medio recogió opiniones de observadores del extenso e intrincado trámite judicial. “Si hay algo que no hubo fue participación de la Provincia. Cuando falleció el procurador Pablo Reyna concurrió un abogado porque desconocían en qué etapa se tramitaba la causa”, comentó una fuente y agregó que por lo que se observa “la responsabilidad en las dilaciones es de la accionante”.

Si Portal de Belén presenta un nuevo recurso habrá que ver en qué términos lo hace. Del tenor de la última resolución del TSJ se ha decidido imprimirle un impulso procesal para llegar a producir la sentencia. No hay plazos, pero la decisión política está tomada.

Los jueces que resolverán. Los vocales “naturales”, Aída Tarditti, Domingo Sesín, Luis Enrique Rubio y Mercedes Blanc de Arabel; y los camaristas convocados Claudia Zalazar, Julio Ceferino Sánchez Torres y Silvana María Chiapero. Los tres últimos reemplazan a Carlos García Allocco (de licencia), María Marta Cáceres de Bollati y Sebastián López Peña, quienes se excusaron de intervenir.

 

RODRIGO AGRELO: "NO SUSPENDIMOS NINGUN PROTOCOLO"

Rodrigo Agrelo, representante legal del Portal de Belén, cuestiona el contenido del protocolo para aplicar el aborto no punible en Córdoba. “Es una norma que permite a una mujer, con una mera declaración jurada, que diga que el embarazo es producto de una violación y así acceder a la práctica en un hospital provincial”.

Y reitera las cifras -no oficiales- con que cuentan. “En la Maternidad Nacional (como es un nosocomio de la UNC se aplica el protocolo que fue elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación) se practican unos 20 abortos por violación. En Rosario hay 600. O en Rosario hay una ola de violaciones o se usa el protocolo para fabricar abortos”, sentencia.

El letrado no se hace cargo de los reproches del TSJ. “En realidad, el que resiste los fallos es el gobierno de Córdoba”, asegura. Y destaca: “El Portal no suspendió nada; solo tomó vías institucionales en defensa de los derechos de los niños por nacer”.

Sobre los motivos que los llevaron a recusar a los jueces convocados para integrar el tribunal dijo: “En marzo el TSJ iba a resolver; advertimos que faltaba un integrante y que otros dos se apartaban (López Peña y Cáceres de Bollati). Nos contestan con una lista de la que irían incorporando. ¿Qué hace el TSJ? Elige al cuarto, quinto y sexto. ¿Por qué no a los primeros? Por eso pedimos que no haya discrecionalidad en la designación”.

La asociación civil ha planteado un recurso extraordinario para que sea la Corte Suprema de la Nación la que diga si han sido bien convocados los actuales miembros para dictar el fallo. El tema está a resolución del TSJ que podría dar curso al recurso pero no suspender su decisión final sobre la constitucionalidad pendiente que, sin embargo, no tiene plazos.

QUE PASO EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS

El 30 de marzo de 2012 el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba dictó una resolución donde ponía en marcha la “Guía de procedimientos para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”, para dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La asociación civil Portal de Belén la cuestionó y acudió a la Justicia para pedir que sea declarada inconstitucional. En primera instancia el juez civil Federico Ossola siguió el criterio de la Corte, pero añadió que los médicos debían constatar la violación de la madre gestante.

Tras ser apelada, esa resolución fue revisada por la Cámara 3º Civil y Comercial, que decretó la inconstitucionalidad del aborto no punible por vulnerar principios de la Constitución Provincial. Esto ocurrió el 21 de mayo de 2013, fecha en la que se suspendió la vigencia de la Guía hasta la actualidad. En 2014 la Fiscalía General emitió dictamen avalando la constitucionalidad de la Guía. Se abrió la participación a Amicus Curiae. Hubo 59 presentaciones.