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Ley Joaquín: Las claves de la reforma judicial que amplía los derechos de las víctimas en Córdoba

Oficialismo y oposición coincidieron en una de las reformas judiciales más sensibles de los últimos años. Busca dar mayor protagonismo a las víctimas dentro del sistema penal. La norma crea mecanismos de asistencia, participación y resguardo frente a decisiones judiciales clave.

Prunotto entrega la ley sancionada a los padres de Joaquín
Prunotto entrega la ley sancionada a los padres de Joaquín | cedoc

La Legislatura de Córdoba sancionó este jueves la denominada “Ley Joaquín” con un respaldo unánime, en una señal política que exhibió uno de los pocos consensos amplios entre oficialismo y oposición. En el recinto estuvieron presentes los padres de Joaquín Sperani.

La norma de 40 artículos surge a casi tres años del crimen de Joaquín en Laboulaye en 2023 por otro menor, un caso que conmocionó a Córdoba y expuso falencias en la contención estatal y en la participación de las víctimas dentro del proceso penal en la provincia.

En términos políticos, el gobierno de Martín Llaryora logró capitalizar un tema de alto impacto y construir un consenso transversal en torno a “una ley superadora” que reforma el Código Procesal Penal (Ley 8.123) y crea un Régimen Provincial de Protección de Víctimas de Delitos. El texto evita modificar garantías estructurales del debido proceso, aunque fortalece de manera significativa la intervención de las víctimas en todas las etapas judiciales.

Entre las principales claves de la nueva ley aparece, en primer lugar, la creación del régimen de protección de víctimas, con rango integral y de orden público. La normativa establece derechos de asistencia, información, protección y reparación para víctimas directas y familiares, garantizando participación informada durante todo el proceso penal.

Uno de los ejes centrales pasa por el nuevo rol que adquiere la víctima dentro de las causas penales. A partir de ahora, deberá ser informada sobre el estado del expediente, las decisiones relevantes y la situación procesal del imputado. Incluso podrá ser escuchada antes de resoluciones sensibles como libertades, probation, archivos de causas o beneficios de ejecución penal.

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Instancias clave

La ley también incorpora el derecho de la víctima a formular observaciones en instancias clave como juicios abreviados, suspensión del juicio a prueba, prisión domiciliaria o libertad condicional. Si bien esas opiniones no serán vinculantes, sí deberán ser ponderadas por jueces y fiscales al momento de resolver.

Otro aspecto fuerte del nuevo esquema es la prevención de la revictimización. El texto obliga a limitar declaraciones reiteradas, evitar contactos innecesarios con imputados y garantizar modalidades especiales de recepción de testimonios, especialmente en casos de violencia sexual, violencia institucional o cuando las víctimas sean menores de edad.

En el caso de niños, niñas y adolescentes, la ley fija resguardos específicos: procura evitar múltiples pericias, habilita acompañamiento especializado y prohíbe confrontaciones directas con agresores denunciados.

Además, el nuevo régimen incorpora un capítulo específico sobre violencia institucional, donde se prevén mecanismos reforzados de protección para víctimas o testigos involucrados en hechos atribuidos a fuerzas de seguridad, servicios penitenciarios u operadores estatales.

Querellantes

Uno de los puntos más sensibles se relaciona con la posibilidad de que la víctima o familiares de la víctima puedan constituirse como querellantes aun cuando el acusado sea menor de edad. El oficialismo decidió sostener el artículo enviado originalmente por el Poder Ejecutivo, pese a las advertencias de algunos sectores sobre eventuales cuestionamientos de inconstitucionalidad.

“Hubo jurisprudencia dividida sobre este tema, pero entendimos que la víctima tiene que tener herramientas para hacer valer su voz”, le dijo Juan Manuel Llamosas a Perfil Córdoba en la previa de la sesión. El oficialista aseguró que el artículo recibió acompañamiento mayoritario en el tratamiento en comisión.

Por su parte, Brenda Austin (UCR) también admitió que el artículo referido a la querella en casos con menores imputados probablemente terminará sujeto a interpretación judicial. “Habrá que ver cómo termina la reforma integral del régimen penal juvenil de Córdoba, porque no es lo mismo el caso de adolescentes punibles que no punibles”, advirtió.

Observatorio y capacitaciones

La norma también crea un Observatorio de Víctimas de Delitos en el ámbito legislativo, integrado por familiares, asociaciones civiles y representantes institucionales, con el objetivo de monitorear políticas públicas vinculadas a seguridad y acceso a la justicia.

En paralelo, establece capacitaciones obligatorias y periódicas para policías, personal penitenciario, operadores judiciales y agentes estatales vinculados al sistema penal.

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Apoyo político

Desde el plano político, el nivel de respaldo fue una señal muy clara: la “Ley Joaquín” compatibilizó proyectos impulsados tanto por el oficialismo como por distintos bloques opositores. El despacho unificó la iniciativa girada por el Ejecutivo provincial con propuestas de legisladores como Oscar Agost Carreño, Julieta Rinaldi, Karina Bruno, Alejandra Ferrero, Gregorio Hernández Maqueda y Dante Rossi, sumado a una batería de aportes de Austin, en representación del radicalismo.

Ese consenso permitió una foto poco habitual en la Legislatura: oficialismo y el arco opositor alineados detrás de un tema socialmente sensible, aunque con matices discursivos. Mientras el PJ buscó mostrar capacidad de respuesta institucional frente a reclamos ciudadanos, desde la oposición remarcaron que la reforma llega tras años de falencias estructurales del sistema judicial y de protección estatal.

Detrás del consenso político, la sanción deja además un mensaje de época: la centralidad creciente de las víctimas dentro del debate penal argentino. Córdoba acaba de institucionalizar esa demanda y convertirla en ley. Ahora, el desafío pasará por la implementación concreta y por el impacto real de la nueva ley que viene a corregir una ausencia histórica dentro del sistema penal.

“El Estado dijo que iba a asumir esa representación, pero se olvidó de la víctima", manifestó Austin. En ese plano, destacó que la nueva normativa no altera las garantías del debido proceso, sino que incorpora formalmente a quienes históricamente quedaron relegados. “Esta ley completa el triángulo. No rompe la ecuación ni las garantías existentes, pero reconoce que hay una tercera pata que no puede ser olvidada”, aportó. Y completó: "Con la aprobación de la Ley de Víctimas venimos a saldar una deuda histórica”.

Desde el oficialismo, el legislador Juan Manuel LLamosas expresó: "El caso de Joaquín nos dejó una pregunta incómoda, pero necesaria. ¿Qué pasa cuando el sistema no alcanza? ¿Qué pasa cuando la ley existe, pero no contiene? Hoy estamos dando una respuesta. Porque no alcanza con sancionar delitos, también hay que acompañar a quienes lo sufren. No alcanza con juzgar, hay que estar. No alcanza con normas, hace falta humanidad. Sabemos que ninguna ley puede reparar el dolor, pero sí puede evitar que ese dolor se profundice. Sí puede evitar que se repita. Sí puede hacer que nadie más transiste este camino en soledad".

"Hoy no estamos votando solo una ley. Estamos definiendo qué tipo de justicia queremos, qué tipo de Estado queremos ser. Un Estado que no se desentiende, un Estado que acompaña, escucha y protege", cerró el oficialista que comandó el tratamiento del proyecto en los plenarios de comisiones.