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CAUSA POR ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO

Pidieron sobreseimiento y libertad a Oscar González: el argumento jurídico de la defensa

Los abogados del exdiputado cordobés argumentan que la figura del autolavado fue incorporada al Código Penal en 2011, mientras que los hechos investigados ocurrieron entre 2001 y 2005, por lo que solicitan aplicar el principio de ley penal más benigna.

oscar gonzalez detenido
Oscar González cumple la prisión domiciliaria en Villa Dolores. | CEDOC

Los defensores de Oscar González presentaron una solicitud de sobreseimiento parcial ante la Justicia Federal, argumentando que la acusación por lavado de activos "agravado por su condición de funcionario público" viola el principio de legalidad penal, ya que la figura del "autolavado" no existía en el Código Penal durante el período investigado.

La petición fue presentada antes del inicio de la feria judicial por los letrados Miguel Ortiz Pellegrini y Leandro Ortiz Morán, quienes buscan que se declare la atipicidad en imputación por lavado de activos de la acusación fiscal. Fuentes del tribunal indicaron que la normativa invocada por el fiscal fue incorporada recién por la Ley 26.683 en el año 2011, por lo que no estaba vigente al tiempo establecido para los hechos investigados contra González.

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La investigación a cargo del fiscal federal Maximiliano Hairabedian se ubica temporalmente entre 2001 y 2005, período en el cual González ejerció su mandato como diputado nacional. Sin embargo, la defensa sostiene que durante esos años la legislación vigente era el artículo 278 del Código Penal, introducido por la Ley 25.246, que contemplaba el lavado de activos como un "encubrimiento agravado" sin prever la figura del autolavado.

En tal sentido, los abogados invocaron el principio de ley penal más benigna, que establece que "en caso de reforma legislativa, debe aplicarse la ley vigente al momento de los hechos si es más favorable al imputado".

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Pedido de libertad

Paralelamente, la defensa solicitó la libertad de González, argumentando que, si se concede el sobreseimiento parcial por lavado de activos, solo quedaría la investigación por evasión agravada tributaria, cuya pena abstracta de 2 a 6 años de prisión podría ser condicional.

Los abogados sostienen que no existen motivos para suponer que el imputado podría entorpecer la investigación o sustraerse de la justicia, dado que la prueba ya fue ofrecida por el fiscal y se encuentra en plena etapa de producción. También destacan el comportamiento "irreprochable" del imputado durante el procedimiento y sus condiciones de arraigo.