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JUSTICIA FEDERAL DE CÓRDOBA

Psicopedagogos presentaron amparo colectivo por la Ley de Emergencia en Discapacidad

Piden regularizar autorizaciones y actualizar los pagos. La acción contra el gobierno nacional recayó en el Juzgado Federal 1. El juez Carlos Ochoa se abocó y notificó al fiscal Maximiliano Hairabedián para que dictamine.

Ley de Emergencia en Discapacidad
RECLAMOS EN LAS CALLES. La norma que declaró la emergencia en materia de discapacidad está formalmente promulgada, pero no se está aplicando. | Cedoc Perfil

El Colegio de Psicopedagogos de la Provincia de Córdoba acudió a la Justicia Federal con un amparo colectivo para exigir el cumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad (27.793), suspendida por el gobierno nacional, a través de un decreto.

La presentación recayó en el Juzgado Federal 1, a cargo de Carlos Ochoa, quien notificó al fiscal Maximiliano Hairabedián para que emita su dictamen.

¿Qué dice el amparo?

La acción es patrocinada por el abogado Gerardo Nieva Allue y lleva la firma de la presidenta del colegio profesional, Romina Alejandra Cortés Hormaeche, los padres de un adolescente de 15 años con certificado de discapacidad, y tres psicopedagogas que lo asisten, Romina Alejandra Malagueño, Victoria Lucía Pérez y Viviana Quispe Posse.

El letrado explicó que se presentó un caso concreto, el del joven mencionado, quien recibe acompañamiento psicopedagógico en integración escolar y consultorio. Tiene la cobertura de la empresa Galeno, pero en lo que va de este año las autorizaciones son “de palabra”, informales, no expresas. Esa situación es invocada sistemáticamente para demorar o reducir los pagos a las profesionales.

A partir de este “caso justiciable”, el Colegio solicitó que se amplíe la decisión judicial sobre el colectivo de niños y niñas que ven afectados sus derechos a la educación y al acompañamiento psicopedagógico.

Emergencia en discapacidad: presentan amparo colectivo en Córdoba

Qué pasó con la ley

La norma que declaró la emergencia en materia de discapacidad está formalmente promulgada, pero no se está aplicando. El Gobierno argumenta que no hay fondos asignados en el presupuesto, mientras que juristas y organizaciones consideran que esta suspensión es inconstitucional porque contradice la voluntad del Congreso, que rechazó el veto con más de dos tercios de los votos en ambas cámaras.

El Congreso Nacional la sancionó a mediados de este año. El 4 de agosto el presidente Milei la vetó íntegramente. Luego, ambas cámaras -de Diputados y el Senado- rechazaron el veto presidencial en sesión especial, logrando los dos tercios necesarios para sostener la vigencia de la norma.

Sin embargo, a la hora de promulgarla, a través del Decreto 681/2025, el gobierno suspendió su ejecución “falta de partida presupuestaria”.

Esa suspensión provoca graves perjuicios: las obras sociales sindicales no autorizan las prestaciones, demoran hasta ocho meses los pagos, tampoco actualizan los valores de consultas y acompañamiento, afectando a profesionales y al colectivo de niños y niñas que requieren la asistencia.