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PUNTO A PUNTO RADIO (90.7)

¿Qué cambia con la reforma laboral en los recibos de sueldo y el pago del salario?

El contador Nicolás Boglione analizó en Es por acá algunos de los cambios que introduce la reforma laboral. Puso el foco en dos puntos concretos: la información que deberá mostrar el recibo de sueldo y la exigencia de que el salario se pague por cuenta bancaria.

El resultado de la votación de la Reforma Laboral en Diputados: 135 votos a favor, 115 en contra.
El resultado de la votación de la Reforma Laboral en Diputados: 135 votos a favor, 115 en contra. | Diputados TV

La reforma laboral empezó a abrir preguntas concretas sobre cómo se liquidan los salarios, qué información verá el trabajador en su recibo y de qué manera deberá hacerse el pago. En diálogo con Es por acá, por Punto a Punto Radio (90.7), el contador Nicolás Boglione repasó algunos de los cambios que ya se desprenden del nuevo marco y advirtió que todavía hay aspectos pendientes de reglamentación.

Uno de los puntos que destacó es el nuevo nivel de detalle que deberá tener el recibo de sueldo. Según explicó, el comprobante no sólo mostrará con más claridad las remuneraciones que percibe el trabajador, sino también los aportes que se le descuentan y las contribuciones que paga el empleador.

Un recibo de sueldo con más detalle

Se va a detallar todas las remuneraciones que percibe el trabajador, ya sea sueldo, antigüedad, presentismo, adicionales. Los aportes que efectúan, es decir, lo que el empleador tiene la obligación de retenerle en concepto de jubilación, PAMI, obra social, sindicato y a su vez una columna más en la cual se va a detallar todas las contribuciones, es decir, lo que el empleador paga por ese empleado”, explicó Boglione.

Para el contador, ese cambio apunta a dar mayor visibilidad sobre todo lo que integra una relación laboral formal. En los hechos, eso significa que el trabajador podrá ver con más claridad qué parte de su salario corresponde a cada concepto y qué montos se descuentan o se aportan por fuera del sueldo de bolsillo.

Vamos a tener un recibo de sueldo posiblemente un poquito más grande”, resumió. De todos modos, advirtió que todavía falta precisión sobre los tiempos de adecuación: “No está establecido un plazo en lo que es la ley, si bien tiene que salir de una reglamentación en qué plazo se tienen que adecuar todos los recibos de sueldo a estas nuevas disposiciones”.

El pago del salario, otro cambio que abre dudas

Otro de los ejes que Boglione subrayó fue la forma de pago del salario. Según señaló, la redacción de la reforma dejó establecido que la remuneración debe abonarse mediante una cuenta bancaria a nombre del trabajador, un punto que a su criterio puede generar discusión por la forma en que quedó escrito.

En la ley quedó solamente que el pago bajo cláusula de nulidad, es decir, considerarse que no se ha pagado, tiene que ser por medio de una cuenta bancaria”, sostuvo.

A partir de allí, consideró que la letra de la norma deja afuera otros mecanismos que en algunos casos aparecían en la práctica. “A la letra de la ley no puede ser si no es solamente a un banco”.

La observación no es menor porque toca una cuestión cotidiana: cómo se cobra el salario. En ese punto, Boglione agregó que la cuenta sueldo sigue siendo sin costo para el trabajador, aunque la operatoria no necesariamente resulta gratuita para el empleador.

Si hay relación de dependencia, hay que registrar

Durante la entrevista también apareció una consulta frecuente: qué pasa cuando una persona es contratada por un día, un fin de semana o para una tarea puntual. Allí Boglione fue tajante y planteó que la clave no está en la duración, sino en el tipo de vínculo.

Todo trabajador, toda persona que entre bajo relación de dependencia, esto es, que reciba órdenes, que cumpla un horario y que tenga que abonar por esa prestación, tiene que estar registrado”, explicó.

La aclaración apunta a una duda habitual en actividades comerciales y de servicios, donde muchas veces se interpreta que una tarea breve no obliga a registrar. Según indicó, eso no es así si existe subordinación, horario y pago por una prestación dentro de una relación de dependencia.

Qué cambia y qué falta definir

La lectura que dejó Boglione es que la reforma ya marca cambios concretos en el recibo de sueldo, en la forma de pago y en la mirada sobre la registración laboral, aunque todavía quedan aspectos por reglamentar para saber cómo será su implementación plena.

En ese escenario, el impacto no pasa sólo por estudios contables o empresas. También alcanza a los trabajadores, que podrían empezar a ver con más claridad cómo se compone su salario y bajo qué condiciones debe formalizarse el vínculo laboral.

Más que todo, a casi los contadores vamos a tener que estar más atentos y el trabajador va a poder ver en su recibo de sueldo lo que paga él de aporte y lo que contribuye el empleador”, resumió.