La acción de amparo que presentó la asociación Portal de Belén en contra de la ley 27.610 de acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) no tiene aún designado el juzgado donde continuará su trámite.
La presentación se hizo en los primeros días de febrero en el Juzgado Federal de Río Cuarto, cuyo titular es Carlos Ochoa. El amparo pretende que la Justicia declare nulos e inaplicables los artículos de la ley, porque los considera contrarios a la Constitución Nacional. Son los referidos al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, a la realización de la práctica y la prestación de cuidados posteriores de la misma.
Pero el juez Ochoa se declaró incompetente territorialmente con el argumento de que el Portal de Belén tiene domicilio legal en Córdoba, por lo tanto, corresponde que el expediente se tramite en esta Capital.
Así, la causa fue remitida al Juzgado Federal N°1, de Ricardo Bustos Fierro. El 26 de febrero pasado, el juez – en coincidencia con el dictamen del fiscal, Maximiliano Hairabedián– consideró que la acción de amparo puede tramitarse en cualquier sede judicial del país donde la ley cuestionada tenga efectos. Por lo tanto, debería abocarse el juez de Río Cuarto, Ochoa, quien se excusó de intervenir erróneamente, a decir de Bustos Fierro.
Por esa razón, el expediente regresó a los tribunales riocuartenses, pero Ochoa confirmó su postura inicial.
Ante el rechazo para abocarse a la causa de ambos magistrados, el destino final del amparo lo resolverá la Cámara Federal de Apelaciones, más precisamente la Sala A, integrada por los vocales Ignacio Vélez Funes, Eduardo Ávalos y Graciela Montesi.
“Hijos concebidos”. Si se escruta el contenido de la Ley de IVE, en ningún momento se utiliza el término “hijo”. Para habilitar el derecho al aborto, la norma utiliza las designaciones “proceso gestacional” o “embarazo”. Sin embargo, en el decreto firmado por el juez Bustos Fierro adoptó la terminología usada por la amparista.
Lo hizo al describir que el objetivo del Portal de Belén es “atacar una ley federal dictada por el Congreso de la Nación (…) que establece como derecho de la persona gestante ‘la posibilidad de eliminar sus hijos concebidos’, acción que el amparista considera directamente atentatoria contra la vida”.
San Francisco. En paralelo, el Juzgado Federal de San Francisco acumuló dos acciones idénticas presentadas por la expolicía Adriana Rearte, con el patrocinio del abogado Norberto Vaca, que procuran que se declare la inconstitucionalidad de la ley y se promueva acción penal en contra del presidente Alberto Fernández y los diputados y senadores que votaron a favor de la ley sancionada el 30 de diciembre último.
En este caso, la fiscal federal subrogante en San Francisco, María Schianni, prepara su dictamen. A partir de la postura que asuma, el juez –también subrogante– Roque Rebak resolverá. El planteo de quienes hicieron la presentación aborda varias aristas: desde un cuestionamiento a la ley porque dicen que choca con preceptos constitucionales, hasta la eventual responsabilidad penal de las autoridades políticas del Gobierno nacional y del Congreso por haber participado de su confección y aprobación.