CORONAVIRUS
Coronavirus y disposiciones

¿Administrar la pandemia sin administrar la Justicia?

Algunas de las resoluciones que formuló la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

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Un fármaco está provocando resultados positivos en Italia | Cedoc

El novelista Henry Miller solía decir que las prisiones y los manicomios se vaciaban cuando un peligro mayor amenaza a la sociedad, como por ejemplo una guerra contra enemigos exteriores o internos. Esto puede ser cierto en algunas circunstancias específicas, pero no parece ser lo que sucede alrededor del covid-19. De hecho, las consignas utilizadas para asegurar la cuarentena resultan ir en una dirección contraria: criminalizar, en el sentido de perseguir y sancionar, conductas que hasta hace poco tiempo hubiesen sido inimaginables. Sin juzgar, positiva o negativamente, la necesidad del aislamiento social, este último debe ser garantizado a partir de gramáticas muy restrictivas por parte del Estado. Incluso se suele decir que dicho aislamiento es la única vacuna que tenemos hoy para enfrentar la pandemia.

Incluso se suele decir que dicho aislamiento es la única vacuna que tenemos hoy para enfrentar la pandemia

Sumado a esto, el fenómeno del covid-19 y su papel en la sociedad puede ser interpretado desde diferentes puntos de vista, tanto en lo que tiene que ver con el problema de salud pública, como en su gestión jurídico-penal. Las posturas más críticas dirán que, al fin y al cabo, los perjudicados por la pandemia serán-como siempre- los sectores con menores recursos. Las miradas más consensuales señalarán que la cuarentena ha generado gran cohesión en la población a causa de que lo que está en juego es la vida, y más en general, el cuidado de todos. En síntesis, en nombre del covid-19 se pueden decir muchas cosas, o, en otros términos, al covid-19 se le pueden hacer decir muchas cosas.

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¿Pero qué ha dicho la Justicia del covid-19? O mejor aún, ¿qué le ha hecho decir la Justicia al covid-19? Tomemos como referencia lo que recientemente formuló la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en sintonía con lo que ya había redactado la Corte Suprema de la Nación.

En la resolución emitida el 16 de marzo pasado por el máximo tribunal bonaerense vemos que se dispone el asueto en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, con suspensión de los términos procesales (Art.1).Esto supone limitar el movimiento judicial, porque la circulación se vuelve un riesgo. Además, se establece durante el período del asueto, la prestación mínima del servicio de justicia, que se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación. (art. 2). Como consecuencia, el aislamiento y la cuarentena deben imponerse a la administración de Justicia.

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Sin embargo, lo más interesante surge cuando dispone que las intendencias de los diferentes edificios extremen los recaudos a fin de profundizar la limpieza y desinfección de los espacios físicos ocupados, durante el período de emergencia sanitaria. A tales efectos, señala, las citadas dependencias permanecerán en actividad, a fin de dar estricto cumplimiento a las medidas necesarias para preservar la higiene de los espacios (Art 9). Esto significa que aún en la cuarentena, aún en el aislamiento social, aún en la máxima limitación de movimientos, algo debe circular para el Poder Judicial, algo debe permanecer en actividad: en este caso, la limpieza y la desinfección.

Lo mencionado nos invita a pensar si en una situación de excepción como la actual, donde el movimiento -sea de personas, de vehículos, de trenes o de aviones- se vuelve indebido por las consecuencias que puede generar, y donde además la administración del servicio de justicia se circunscribe al máximo, lo único que amerita permanecer en actividad son las dependencias de limpieza y desinfección. En definitiva, vale preguntarse si se puede administrar la pandemia sin administrar la justicia.

*Investigador del Conicet.