ECONOMIA
Legislativo

Blanqueo de capitales: cinco puntos fundamentales del proyecto

El proyecto de blanqueo de capitales está a la espera de ir al Congreso. Pueden adherir empresas y personas físicas, pero estarán excluidos funcionarios nacionales y sus familiares.

02-01-22impuestos
En septiembre, el gobierno de la Ciudad puso en vigencia un plan de facilidades para "ponerse al día". | Cedoc

En las últimas horas comenzó a circular un borrador de lo que sería el proyecto de Blanqueo de Capitales que busca presentar el ministro de Economía, Sergio Massa, al Congreso próximamente.

Este proyecto de ley sobre la exteriorización del ahorro argentino para sostener el cumplimento y cancelación de la deuda con el Fondo Monetario Internacional, estará abierto para personas humanas y empresas con una alícuota inicial de 2,5% hasta el 31 de marzo.

El Congreso de la Nación cerrará sus puertas hasta febrero del 2023

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De todos modos, su entrada en vigencia y los plazos incluidos en la norma dependerán de los tiempos legislativos y su posible tratamiento en sesiones extraordinarias. Y de acuerdo a las repercusiones de los últimos días entre el oficialismo y la oposición, parece lejana la posibilidad de que el congreso se reúna antes de febrero próximo.

La iniciativa tiene como objetivo ofrecer la posibilidad a los contribuyentes de sincerar sus activos no declarados en el exterior antes que entre en vigencia el acuerdo de intercambio de información tributaria con los Estados Unidos.

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1) Acceso

De acuerdo al borrador que circuló, estarían en condiciones de acceder personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, que podrían declarar tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos).

2) Tiempos y alícuotas

Aunque depende del momento en que se sancione la ley, la iniciativa oficial prevé una alícuota inicial de 2,5% desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo.

A partir del 1 de abril al 30 de junio sería de 5% y desde el 1 de julio al 30 de septiembre de 2023 de 7,5%.

Estas alícuotas se duplicarán cuando los bienes no sean repatriados.

Cabe apuntar que tanto el ingreso como el pago de las alícuotas se realizan al tipo de cambio oficial.

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3) Particularidades de un régimen simplificado

Se propone un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos tres períodos fiscales y con un tope de hasta US$ 50 mil.

Asimismo, quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.

4) Alcances del blanqueo

El proyecto de ley establece que a quienes ingresen al blanqueo se los exime de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

A su vez, quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: Ganancias, Internos y al Valor Agregado, sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

Quienes hayan sido funcionarios públicos desde el 1 de enero de 2010 y la vigencia de la ley no podrán ingresar. Tampoco podrán hacerlos cónyuges, convivientes, padres e hijos.

5) Propuesta de Destino de los fondos recaudados:

En cuanto al destino que se pretende dar oficialmente a los fondos recaudados, aparecen los siguientes:

• Un 20% al Fondo específico creado (por el presente proyecto) para la cancelación de deuda con el Fondo Monetario Internacional.

• Un 20% a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas.

• Un 20% al programa integral de becas Progresar.

• Un 40% a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación de exploración, desarrollo, construcción y mantenimiento de infraestructura, transporte y producción de gas natural.

LR CP