ECONOMIA
Empleo formal

Empleadas domésticas: cómo registrar en el recibo de sueldo el bono de fin de año

En su apartado sobre "Casas Particulares" la AFIP explica cómo se debe dejar registrado el pago del bono a las empleadas domésticas. Para su liquidación, vale considerar las horas trabajadas.

Personal doméstico 20220609
Personal doméstico | Agencia Shutterstock

El gobierno nacional estableció una "asignación no remunerativa por única vezconocida como bono de fin de año, para los trabajadores del sector privado por un valor de 24.000 pesos, que será abonada durante diciembre de 2022".

Este bono aplica, con algunas particularidades, también para las empleadas domésticas.

Respecto del bono en sí, en el artículo 3 del Decreto oficial se indica que la asignación no remunerativa se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, excluyendo el medio aguinaldo, "inferiores a $ 185.859 o el monto proporcional" en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuera inferior a la jornada legal prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo.

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Cómo se calcula el bono para las empleadas domésticas

La normativa establece que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.

En este caso, el bono se calcula dividiendo $ 24.000 por 160 horas y ese resultado se multiplica por las horas trabajadas al mes. Es decir que quien trabaja 4 horas diarias, percibirá $ 12.000. 

En cuanto a las trabajadoras de casas particulares, el bono debe calcularse dividiendo $ 24.000 por 192 horas y multiplicando el resultado por las horas trabajadas en el mes.

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Es decir que si una persona trabaja 4 horas por día, percibirá un bono de $ 10.000.

¿Cómo registrar el bono de fin de año en el recibo de sueldo?

De acuerdo a lo que establece AFIP, el importe abonado en concepto de asignación no remunerativa establecido por medio del Decreto 841/2022, debe exponerse en la sección "Adicionales y descuentos".

Para eso, en el campo "Conceptos" se debe seleccionar la opción "Otros" y consignar el valor del pago efectuado.

Luego, en el campo "Observaciones" se debe completar la leyenda para el pago del beneficio quede identificable.

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Nuevos valores de remuneraciones y ART

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció un incremento escalonado de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal de esa actividad, que será aplicable a partir del 1º de diciembre de 2022.

Los nuevos montos que deberán reflejar los recibos de sueldo de los trabajadores de casas particulares quedaron establecidos según el cronograma publicado en el anexo de la Resolución 6/2022.

La norma también establece que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

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Adicional por zona desfavorable

Finalmente, AFIP señala que se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de

  • La Pampa,
  • Río Negro,
  • Chubut,
  • Neuquén,
  • Santa Cruz,
  • Tierra del Fuego,
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur, o
  • en el Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

Las vacaciones: cuántos días corresponden según la antigüedad y cómo pagarlas

Pago: las vacaciones se pagan antes de comenzarlas:

A) Antigüedad menor a 6 meses:

  • Entre cuatro y siete semanas de trabajo: un día.
  • Entre ocho y once semanas de trabajo: dos días corridos.
  • Entre 12 y 15 semanas de trabajo: tres días corridos.
  • Entre 16 y 19 semanas de trabajo: cuatro días corridos.

B) Más de 20 semanas de trabajo: cinco días corridos.

C) Fracción mayor a 6 meses hasta 5 años: 14 días corridos.

D) Más de 5 años hasta 10 años: 21 días.

E) Más de 10 años hasta 20 años: 28 días.

F) Más de 20 años: 35 días.

LR