ECONOMIA
Modernización

La Justicia habilitó una acción colectiva de abogados porteños contra dos artículos de la reforma laboral

La demanda del Colegio Público de Abogacía busca dejar sin efecto cambios vinculados con la responsabilidad por las costas procesales y la forma de pago de los honorarios.

19-4-2025-derecho laboral y seguridad social
. | CEDOC PERFIL

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) consiguió un avance en el amparo para que pueda representar una demanda colectiva para declarar la inconstitucionalidad de dos puntos de la reforma laboral que, según sostiene, afectan el ejercicio profesional y el cobro de honorarios.

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La presidenta del CPACF, Alejandra García, destacó el alcance de la decisión judicial y afirmó que "la resolución constituye un primer paso importante porque admite que el Colegio Público representa adecuadamente los intereses de las abogadas y los abogados alcanzados por esas disposiciones y habilita que la causa continúe como proceso colectivo".

El Colegio, que representa a casi 90.000 matriculados, promovió la demanda para cuestionar los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, que modifican los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.

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A modo de asesoría, el abogado laboralista Gaston Ferretti explicó a PERFIL que en la resolución, el juez federal Martín Cormick entendió que el Colegio Público reúne los requisitos necesarios para impulsar la demanda colectiva.

Entre ellos, reconoció que la institución cuenta con legitimación activa para defender a sus matriculados conforme a las facultades previstas en la Ley 23.187 y que la reforma introduce una regulación que impacta de manera homogénea sobre todos los abogados laboralistas y que tramitar el reclamo en una única acción evita la multiplicación de miles de demandas individuales y el riesgo de sentencias contradictorias.

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El planteo del CPACF cuestiona específicamente dos modificaciones que, a su criterio, alteran reglas históricas de la Ley de Contrato de Trabajo y generan mecanismos de presión económica sobre quienes ejercen la profesión.

El artículo 20 de la nueva ley establece que, si en un juicio laboral se verifica una sobreestimación objetiva de los créditos reclamados, las costas deberán ser afrontadas tanto por la parte como por el letrado que la representa. Es decir que el abogado tendría que pagar junto con su defendido si la demanda incluyó una estimación económica considerada excesiva.

Juicio laboral

El segundo eje del amparo apunta al artículo 56 de la norma, donde se establece que las sentencias judiciales condenatorias puedan ser pagadas en hasta 6 cuotas para las grandes empresas y 12 cuotas en el caso de micro, pequeñas y medianas empresas.

Para el CPACF, esa modificación vulnera el carácter alimentario de los honorarios y afecta el derecho de los abogados a percibir su retribución en condiciones adecuadas. En ese sentido, la presidenta de la entidad sostuvo que "la posibilidad de diferir en cuotas el pago de los honorarios profesionales es una medida que desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan años hasta la finalización de un juicio laboral".

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La resolución judicial representa, para el Colegio Público, un paso previo al análisis de fondo sobre la constitucionalidad de las disposiciones cuestionadas. Con la legitimación reconocida, la acción colectiva continuará su trámite para determinar si los artículos impugnados deben ser anulados.

Por último, la titular del CPACF ratificó que la entidad continuará con el proceso hasta obtener una definición judicial. "Vamos a seguir impulsando esta acción hasta obtener una decisión sobre el fondo de la cuestión, en defensa del libre ejercicio profesional y del derecho de las abogadas y los abogados a percibir una retribución justa y oportuna", concluyó García.

GZ/ML