ECONOMIA
Personal de casas particulares

Empleadas domésticas: cómo realizar el pago de la ART, los aportes y las contribuciones

De acuerdo con la edad y la cantidad de horas de trabajo semanal, las empleadas de casas particulares reciben aportes y contribuciones mensualmente. Aquí están los valores vigentes para agosto. Te mostramos cómo hacer el pago.

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empleadas de servicio doméstico | Cedoc Perfil

El trabajo del personal de casas particulares o empleadas domésticas contempla toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza y de mantenimiento, entre otras actividades típicas del hogar. También la asistencia personal y el acompañamiento de personas como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

Este trabajo se puede realizar bajo distintas modalidades; así, hay  

  • trabajadoras/es que residen en el domicilio en el que prestan los servicios.
  • trabajadoras/es que prestan tareas con retiro en uno o más domicilios.

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Entre los derechos de este grupo de trabajadoras/es se encuentra la obligación por parte del empleador de contratar a su favor un seguro por los riesgos del trabajo, así como de pagarle aportes y contribuciones por los servicios prestados.

Dichos aportes se van ajustando y en este momento están vigentes los que corresponden a agosto de 2022.

Aquí te compartimos a cuánto ascienden estas contribuciones según la edad de los trabajadores, y la cantidad de horas que trabajan por semana, así como las maneras que tenés de realizar mensualmente el pago.

ART para empleo en casas particulares: su función

La aseguradora de riesgos en el trabajo (ART) es un servicio que el empleador deberá elegir y pagar, obligatoriamente. De lo contrario, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo, por sorteo, asignará una de oficio. En ambos casos hay que firmar un contrato con la ART.

Esto significa que, en caso de que la trabajadora sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la aseguradora se hará cargo de:

  • la atención médica inmediata.
  • pagar el sueldo mientras la trabajadora esté en tratamiento.
  • pagar las indemnizaciones que correspondan.

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Valores vigentes de aportes y contribuciones según las horas trabajadas

Vale considerar que quienes contraten personal de casas particulares deberán ingresar mensualmente, por cada una de las empleadas, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de las trabajadoras —activa o jubilada— se detallan a continuación.

Valores vigentes a partir del período julio 2022 / vencimientos a partir de agosto 2022

POR CADA TRABAJADOR ACTIVO Mayor de 18 años

  • Menos de 12 horas trabajadas semanalmente: $ 855,55
  • Entre 12 y menos de 16 horas trabajadas semanalmente. $ 1.346,20
  • Más de 16 horas por semana: $ 3.360,22

POR CADA TRABAJADOR ACTIVO Menor de 18 pero mayor de 16 años

  • Menos de 12 horas trabajadas semanalmente: $ 804,71
  • Entre 12 y menos de 16 horas trabajadas semanalmente. $ 1.244,54
  • Más de 16 horas por semana: $ 3.211,94

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POR CADA TRABAJADOR JUBILADO

  • Menos de 12 horas trabajadas semanalmente: $ 711,51
  • Entre 12 y menos de 16 horas trabajadas semanalmente. $ 1.079,29
  • Más de 16 horas por semana: $ 1.585,04

¿Cómo se pagan la ART, los aportes y las contribuciones?

Tal como indica el portal de Casas Particulares, para pagar la ART, los aportes y las contribuciones tenés dos opciones:

1. Te lo calcula el servicio de CASAS PARTICULARES

En este sitio encontrás cuándo es tu próximo vencimiento. Lo podés pagar de forma electrónica seleccionando alguna entidad bancaria, y el site genera el VEP. O podés seleccionar una forma de pago manual, y nosotros te completamos los formularios.

2. Si pagás por tu cuenta:

Podés hacerlo mediante los sistemas tradicionales de pago electrónico o pago manual, siguiendo las instrucciones.

  • Pago electrónico a través de la generación de un Volante Electrónico de Pagos (VEP).
  • Pago manual, completando los formularios correspondientes:
    • Pago de aportes, contribuciones y cuota de riesgos de trabajo para el personal de casas particulares (Formulario N° 102/RT).
    • Pago de aportes voluntarios para el régimen jubilatorio, importes para acceder a un futuro beneficio previsional, aporte adicional cobertura de Obra Social (Formulario N° 575/RT).
    • Pago de aportes y contribuciones para el personal de casas particulares correspondiente al período comprendido entre 04/2000 y 09/2014 (Formulario N° 102/B).
    • Pago de aportes voluntarios para el régimen jubilatorio, importes para acceder a un futuro beneficio previsional, aporte adicional cobertura de Obra Social correspondiente al período comprendido entre 04/2000 y 09/2014 (Formulario N° 575/B).

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