ECONOMIA
Opinión

Impuesto a las ganancias: ganan los empleados y jubilados, pierden las empresas

El proyecto de ley crea un mínimo no imponible “mágico” que juega como un monto exento para un sector de la cuarta categoría de Ganancias. El costo fiscal es más que cubierto por la suspensión de la baja en la alícuota de las empresas.

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Buscan un nuevo piso para el Impuesto a los Bienes Personales. | Agencia Shutterstock

Cuando esta edición de Fortuna esté en los kioscos, la Cámara de Diputados ya tendrá como uno de los primeros temas del período de sesiones ordinarias al proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias, que promueve el oficialismo para que más de un millón de trabajadores no paguen ese tributo y que emparcha la superemparchada normativa vigente.

El titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó su propuesta, elaborada junto a los equipos de la Jefatura de Gabinete, el ministerio de Economía y la AFIP. Massa dijo que el proyecto, que ya cosechó el respaldo de la mayoría los bloques legislativos, "es una medida de enorme alivio fiscal por lo que va a mejorar la situación de la clase media".

El diputado Sergio Massa impulsa el proyecto.
Sergio Massa fue el impulsor de la suba del mínimo imponible del Impuesto a las Ganancias.

Qué cambia en el impuesto a las ganancias

El proyecto de reforma del impuesto a las ganancias crea un mínimo no imponible “mágico” de 150.000 pesos brutos mensuales (aproximadamente mil dólares billete), con lo cual a los trabajadores que cobren hasta 124 mil pesos netos de sueldo no se les descontará el impuesto en la cuarta categoría de Ganancias.

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La norma vigente hace que los empleados paguen a partir de un salario neto mensual de $ 74.810 para los solteros/as y $ 98.963 para los casados con dos hijos, por ejemplo.

A quiénes beneficia la reforma de Ganancias

Esta medida beneficiará a 1.267.000 trabajadores del total de 2 millones de asalariados registrados que hoy pagan ese tributo, según estimaron los autores del proyecto.

Además, la iniciativa establece que aquellos que cobren hasta 173 mil pesos brutos también sufrirán menores descuentos que en la actualidad mientras que quienes cobran los salarios más altos de la pirámide pagarán los mismos valores que en la actualidad.

Para el caso de los jubilados y pensionados se prevé que pagarán el impuesto a partir de 8 haberes mínimos garantizados, es decir, aproximadamente $ 152.000.

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La sanción de la iniciativa está asegurada ya que la propuesta recibió el respaldo, aparte del FdT, de la mayoría de los interbloques opositores, léase Juntos por el Cambio, Federal, Unidad y Equidad Federal, y las bancadas de Acción Federal y el Movimiento Popular Neuquino.

Qué dicen otros sectores del oficialismo

Magdalena Rúa, en una nota para El Cohete a la Luna, escribió, “Esto podría ser una buena oportunidad para repensar el conjunto del sistema tributario”, afirmando que la literatura especializada en el tema demuestra que las reducciones de los impuestos a los altos estratos no promueven la inversión o el crecimiento económico.

El planteo de la oposición

El vicepresidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Luciano Laspina (PRO-Santa Fe), señaló: "Nosotros estamos a favor de cualquier iniciativa que implique rebajar impuestos a la clase media trabajadora, por lo cual vamos apoyar el proyecto". Y agregó: "Vamos a pedir que tengan el mismo tratamiento los trabajadores autónomos, que claramente son discriminados". 

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Luciano Laspina anunció que la posición apoyaba este proyecto.

El proyecto de ley del oficialismo tiene aspectos que despertaron posiciones críticas entre economistas y tributaristas, más allá de que hay quienes directamente advierten que la iniciativa, referida al tributo que es considerado uno de los más progresivos en el universo de las cargas fiscales, no es oportuna.

Una de esas cuestiones es la manera elegida, la cual provocaría, en caso de no haber en forma inmediata una reglamentación que corrija el efecto, que haya saltos bruscos en cuanto al peso de la carga fiscal en los ingresos porque quienes seguirían tributando se verían alcanzados por las alícuotas más altas del esquema, con consecuencias distorsivas en las brechas del ingreso en mano de empleados con distintas remuneraciones.

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La iniciativa no evita esas consecuencias distorsivas, sino que prevé otorgarle facultades al Poder Ejecutivo para aumentar montos de deducciones, solamente en el caso de quienes tengan remuneraciones de entre $ 150.000 y $ 173.000 ($ 124.500 y $ 143.590 netos). Si el texto se aprueba tal como está y no media la reglamentación para evitar los saltos, por su trabajo del mes siguiente habría quienes percibirían de bolsillo menos dinero que otros trabajadores con un salario bruto menor.

Por superar, por ejemplo, en $ 5.000 los $ 150.000 —la remuneración que se propone como umbral para pagar o no— se tributa hoy cerca de $ 11.000 mensuales. Así, quien tenga un salario bruto de $ 150.000 cobrará en mano $ 124.500 y quien tenga una remuneración de $ 155.000 recibiría algo menos de $ 118.000.

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El mínimo imponible para las personas humanas es de $ 150.000.

"Con este nuevo proyecto se le da exenciones a una porción del 10% de la población con mayores ingresos en un país donde casi la mitad de los habitantes está bajo la línea de pobreza y en un contexto de alto déficit fiscal; eso es cuestionable", plantea el economista Oscar Cetrángolo, docente e investigador en la UBA y el Conicet. Por su parte, Isidro Guardarucci, economista asociado de FIEL, opinó que "en una economía con muchas necesidades, las familias alcanzadas con el beneficio no son las más necesitadas".

El mecanismo del "nuevo" impuesto a las ganancias

En concreto, el proyecto en cuestión busca que se aplique en el esquema de Ganancias una deducción especial, de una cuantía tal que su efecto sea que el impuesto a pagar resulte de cero pesos para quienes tengan un salario bruto mensual de hasta $ 150.000, o $ 124.500 netos de aportes a la seguridad social. La deducción es un monto que se descuenta del ingreso antes de hacer el cálculo de la carga fiscal. La cifra de $ 150.000 se actualizaría cada año según la variación que haya tenido —entre los meses de octubre previos— la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Es, en rigor, el criterio utilizado para ajustar los valores del esquema del impuesto desde 2018 en función de lo establecido por una reforma legal aprobada en el año previo.

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Según el proyecto, para determinar si se llega a los $ 150.000 no se cuenta el aguinaldo. En el caso de los jubilados, se sigue el criterio implementado en 2017, que implica definir una cantidad de haberes mínimos como piso para comenzar a tributar. Hasta ahora, esa suma es de seis veces el ingreso previsional básico (este mes, la base es de $ 114.211,7), mientras que en caso de aprobarse el nuevo proyecto pasaría a ser de ocho jubilaciones mínimas; en marzo, eso arrojará una suma superior a los $ 160.000.

Ese mínimo especial tiene condiciones: el jubilado no debe tener ingresos de otra naturaleza ni estar alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales. El mecanismo que se eligió para dejar a un grupo de personas fuera del impuesto es, a muy grandes rasgos, el mismo que se dispuso en 2013 (un año, como 2021, con elecciones legislativas). A diferencia de ese entonces, ahora se previó que la cifra definida como el umbral se vaya actualizando. El cambio de 2013 provocó fuertes distorsiones e inequidades, que se corrigieron solo a partir de 2016.

Vigencia y asignaturas pendientes 

Con respecto al momento en que se implementarán los cambios, el especialista César Litvin dice no estar de acuerdo con el proyecto, que prevé que la vigencia sea a partir de los salarios devengados en el mes siguiente al de la aprobación de la ley. "Como el impuesto es de ejercicio (de cálculo anual), los cambios deberían regir desde el inicio del año", plantea. De ser así, debería devolverse a los empleados alcanzados por la nueva exención las sumas descontadas en lo que haya transcurrido de 2021.

Más allá del actual proyecto, el contador Litvin sostiene que hay varias asignaturas pendientes. Una es que los valores del esquema que definen quiénes y cuánto pagan deberían actualizarse según el índice de precios y no según la evolución de los salarios. Y dos veces por año, en lugar de una.

Además, afirma, deberían eliminarse los privilegios de muchos empleados y funcionarios del sector público que tienen exenciones o conceptos no alcanzados por Ganancias, y debería corregirse la situación de los autónomos.

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Según el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el proyecto tendrá en la práctica un efecto nulo sobre las cuentas públicas. Para lograr ese cometido, el Congreso debatirá en paralelo a la baja en Ganancias de la cuarta categoría el mantenimiento de la actual alícuota de las grandes firmas. En ese sentido, un proyecto de ley ingresó al Parlamento el 28 de diciembre pasado y ahora será llevado al recinto.

Por la reforma tributaria de 2017, esas compañías, que tributaban 35% del gravamen, fueron beneficiadas con una baja gradual de 5 puntos, que las depositó en 30%. El año pasado, la alícuota debería haber bajado a 25%, pero en el cambio de Gobierno quedó en suspenso. Se calcula que esos pagos sumarán $ 70.000 millones a las arcas públicas este año; esa cifra supera en 30 mil millones de pesos el costo fiscal de la suba del mínimo para las personas físicas.

Empresas argentinas
Los cambios en el impuesto a las ganancias no alcanza a las empresas.

Massa confirmó que ese dinero servirá para propiciar que casi 1,3 millón de trabajadores y jubilados dejen de pagar Ganancias. "Se mantiene la suspensión de la rebaja a las grandes empresas y ese ingreso fiscal, en lugar de apropiárselo el Estado se utiliza para beneficio de trabajadores y jubilados", remarcó el presidente de la Cámara de Diputados.

La opinión del autor del proyecto de Ganancias

El proyecto traer cambios que son necesarios; es oportuno, y el mecanismo elegido es perfectible con el aporte técnico de la oposición y los diputados sindicales. Por supuesto, la finalidad electoral es inocultable, pero el que esté libre de ese pecado, que tire la primera piedra.