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Monotributo: cuáles son los nuevos plazos para regategorizarse y pagar la cuota de julio

El organismo definió la extensión del plazo luego de la sanción de la Ley de Alivio Fiscal que plantea las nuevas escalas y topes. Aquí están las nuevas fechas.

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Monotributistas y Autónomos. | Mikhail Nilov / Pexels

Luego de la sanción de la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió habilitar la recategorización semestral del monotributo entre el 11 y el 29 de julio, y extender hasta el 27 de julio el período para pagar la obligación mensual.

Tal como se informó oficialmente, la medida busca que la mayor cantidad de trabajadores comprendidos en este convenio accedan a los nuevos topes propuestos. 

Los cambios introducidos por la ley benefician alrededor de 4,5 millones de monotributistas de todo el país.

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Al respecto, la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont explicó: "Las modificaciones tienen una orientación progresiva que privilegia a las personas registradas en las categorías más bajas que van a poder facturar hasta un 60% más. La iniciativa también incluye beneficios para unos 140 mil trabajadores autónomos que pagan el impuesto a las ganancias”, expresó la titular de la AFIP.

Qué significa la Ley de Alivio Fiscal para monotributistas en la práctica

Además, se señaló oficialmente que la ley de Alivio Fiscal amplió los límites de facturación máxima por categoría del monotributo. De esta manera, permite que, de corresponder, los monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.

La iniciativa también estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo (esto es, no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres).

Qué significa recategorizarse

La ley 27.676 introdujo un incremento en los límites máximos de facturación por categoría que deberán ser tenidos en cuenta para evaluar la recategorización.

En forma excepcional, el plazo para hacer la recategorización semestral del monotributo estará habilitado entre el 11 y el 29 de julio.

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La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.

Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización.

AFIP informó que los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Cuáles son las nuevas escalas del monotributo 

Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta por los contribuyentes para cuando se habilite la recategorización son los siguientes:

  • Categoría A $ 748.382,07.
  • Categoría B $ 1.112.459,83.
  • Categoría C $ 1.557.443,75.
  • Categoría D $ 1.934.273,04
  • Categoría E $ 2.277.684,56.
  • Categoría F $ 2.847.105,70.
  • Categoría G $ 3.416.526,83.
  • Categoría H $ 4.229.985,60.

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  • Categoría I. $ 4.734.330,03.
  • Categoría J. $ 5.425.770,00.
  • Categoría K. $ 6.019.594,89.

LR