ECONOMIA
Boletín Oficial

Procrear 2: el coeficiente Hogar que ajustará las cuotas se publicará mensualmente

La medida fue oficializada hoy mediante la resolución 230/2020 firmada por el ministro Jorge Ferraresi. La secretaría de Desarrollo Territorial confeccionará y publicará la fórmula HoG.Ar de forma mensual.

Créditos Procrear 20200911
Créditos Procrear | Cedoc Perfil

El Gobierno nacional comenzará a publicar en forma mensual el denominado Coeficiente Hog.Ar con el que se irán ajustando las cuotas de los créditos hipotecarios Procrear.

La decisión fue oficializada este lunes a través de la Resolución 230/2020 publicada en el Boletín Oficial con la firma de Jorge Horacio Ferraresi, ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El ministro encomendó a la Secretaría de Desarrollo Territorial dependiente de su ministerio la confección del cálculo y publicación mensual del coeficiente Hog.Ar.

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Este coeficiente será aplicado para aquellas operaciones del Fondo Fiduciario Público Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar).

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Para impulsar esta medida el Gobierno tuvo en cuenta "las dificultades que para los tomadores de crédito supuso la implementación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA)".

Eso "plantea la necesidad de impulsar una modificación en la fórmula de actualización de ciertas líneas de crédito que serán financiadas a través del mencionado Fondo Fiduciario", dice la Resolución.

 

 

También se consideró que la construcción tiene gran capacidad de generación de puestos de trabajo por lo que, la facilitación de su financiamiento y el incremento de la obra pública potencia su desempeño, impulsando un importante efecto económico multiplicador sobre el producto y el empleo.

Ferraresi recordó que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 643/20 ha posibilitando la incorporación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) para aquellas operaciones que realice el Fondo Fiduciario Público Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), con las modalidades y límites que, de acuerdo con las particularidades del caso, fije el Comité Ejecutivo del mentado fondo fiduciario.

Ese comité esté integrado por los titulares de los ministerios de Desarrollo Territorial y Hábitat; Economía; Desarrollo Productivo; Obras Públicas; Interior; y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

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Los ministros que lo integran aprobaron mediante Acta Nº 208 del 7 de agosto de 2020 la reglamentación e implementación del coeficiente Hog.Ar, el cual se calculará de acuerdo con la variación del CVS entre el último día del quinto mes anterior y el último día del cuarto mes anterior al cual corresponda el ajuste.

Pero ese ajuste no podrá exceder en más del 2% al ajuste de capital que hubiese resultado de aplicar el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) desde el último día del mes que corresponde al pago de la primera cuota siguiendo el mismo procedimiento aplicado para el ajuste por CVS.

LR