El expresidente Carlos Menem, quien murió el domingo 14 de febrero, mantuvo un largo enfrentamiento judicial con la revista NOTICIAS desde 1995, luego de que demandara a Jorge Fontevecchia, fundador de la revista, y a Héctor D'Amico, en ese momento director de la publicación, por dar a conocer la historia del hijo extramatrimonial del exgobernador de La Rioja, Carlos Nair.
Ese año, la revista publicó dos tapas: “¿El hijo de Menem?” y “La otra familia de Menem”, que revelaban información sobre la existencia de un hijo no reconocido por él. Allí se detallaba la relación que mantuvo Menem con Martha Meza, una diputada formoseña con la que tuvieron un hijo.
Las dos tapas que se hicieron sobre el tema, y una tercera que se publicaría años después cuando el propio hijo del riojano diera su primera entrevista a la revista, generaron el enojo del oficialismo de esa época, que negó todo de manera rotunda.
Caso Fontevecchia-D'Amico: la CIDH exhorta al Estado a cumplir con el fallo
Fue a raíz de esta información que el entonces Presidente demandó civilmente a la editorial PERFIL, como así también a Fontevecchia y D’Amico, lo que luego se conocería internacionalmente como el "Caso Fontevecchia-D'Amico". El objetivo de la judicialización era obtener un resarcimiento económico por el alegado daño moral, causado por la supuesta violación del derecho a la intimidad, consecuencia de las publicaciones de la revista. Se solicitó además la publicación íntegra de la sentencia a cargo de los demandados.
Revés en el plano local
En 1997, un juez de primera instancia en lo civil rechazó la demanda interpuesta por Menem. La sentencia fue apelada y en 1998, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal revirtió la decisión y condenó a la editorial y a Jorge Fontevecchia y Hector D’Amico a pagar la suma de la suma de $150.000,00.
Ante esto, interpusieron un recurso extraordinario federal y en el año 2001, la Corte Suprema confirmó la sentencia aunque modificó el monto indemnizatorio, reduciéndolo a la suma de $60.000,00.
Revisión en la CIDH
Más tarde, en noviembre de 2011, la CIDH determinó que se había violado el derecho a la libertad de expresión, según la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Entre otras medidas de reparación, ordenó al Estado argentino dejar sin efecto la condena e instó a devolver el dinero que la editorial tuvo que pagarle a Menem.
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No obstante, en febrero de 2016 la Corte Suprema decidió incumplir con esta reparación, y emitió un fallo que desconoce las facultades y competencias del tribunal interamericano y el valor de sus decisiones.
El CELS, que representa a los periodistas, pidió la audiencia a la CIDH para denunciar este incumplimiento, ya que según el derecho internacional, y conforme al artículo 68 de la Convención Americana, las decisiones de la CIDH son obligatorias.
El 18 de octubre de 2017, la CIDH "advirtió con preocupación” que habían transcurrido casi cinco años desde que venció el plazo concedido en la sentencia “sin que el Estado haya procedido a realizar los pagos por concepto de reintegro de costas y gastos".
AG/MC