Los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, de la Cámara Federal porteña, rechazaron un planteo para anular el desprocesamiento de Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, ex directores de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Mauricio Macri, en la causa por presunto espionaje ilegal.
Los magistrados, quienes habían dictado el fallo que desprocesó a los ex funcionarios, consideraron que el planteo realizado por los abogados querellantes Jorge Chueco y Rafael Resnick Brenner, no ameritan la intervención de la Casación.
“Decisiones como aquella contra la que se ha dirigido la vía casatoria no integran el elenco de aquellas susceptibles de ser conmovidas por el citado medio impugnativo”, sostuvieron los jueces en los argumentos del fallo.
A través de su presentación, los letrados buscaban que se revisara la decisión de la Cámara Federal, que ratificó la teoría del denominado “cuentapropismo” como responsable del presunto espionaje ilegal. Además, se había rechazado el planteo de nulidad.
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El fallo que benefició a los ex titulares de la AFI no los desvinculó de la causa de manera definitiva. En tanto, determinó la “falta de mérito” y ordenó la realización de nuevas medidas de prueba para definir la situación procesal de ambos. “No nos encontramos ante un supuesto de arbitrariedad capaz de inaugurar la vía recursiva pretendida”, sostuvieron los camaristas.
Rechazo de una "asociación ilícita" en el gobierno de Macri
El poder judicial porteño ya había descartado en diciembre de 2021 que durante el gobierno de Mauricio Macri existiera una “asociación ilícita” vinculada al espionaje ilegal de dirigentes y ex funcionarios. En esa ocasión, se revocó el procesamiento de Arribas y Majdalani.
El tribunal consideró que “por el momento” no existen pruebas suficientes para incriminarlos por el delito de asociación ilícita, y consideró que otros agentes de inteligencia, a los que sí les confirmó el procesamiento por violar la ley de inteligencia, habrían actuado por su cuenta.
"Esta situación nos inclina por descartar, de momento, la existencia de una asociación ilícita abocada a influir en la situación política, social y económica del país", habían fundamentado en un fallo dividido Bertuzzi, Llorens y Eduardo Farah, que votó en disidencia.
fp cp