POLITICA
A dos años del festejo

Fiesta de Olivos: ordenaron a Presidencia entregar toda la información de los empleados de Fabiola Yañez

En el plazo de 15 días deberá informarse si Sofía Pacchi era funcionaria en el momento del festejo del cumpleaños de la Primera Dama, en plena cuarentena estricta, en la Quinta Presidencial.

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¿PASA DE LARGO? Para el Frente de Todos local no habrá impacto tras la foto de Olivos. El tema sigue con fuerte presencia en los medios y también en la campaña. | CEDOC PERFIL

A casi dos años de la fiesta en la quinta de Olivos, por el cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yañez -que se realizó en plena cuarentena estricta-, la Justicia ordenó finalmente a la Secretaría General de Presidencia entregar en el plazo de 15 días la información sobre los empleados de Fabiola. 

Hace ya casi un año que la diputada nacional de la UCR, Karina Banfi, venía agotando todos los recursos sin respuesta alguna, hasta que la Justicia Contencioso Administrativa Federal hizo lugar a la demanda de información pública sobre los funcionarios de la Primera Dama, entre quienes se encuentra Sofía Pacchi, asesora a la que se cuestiona si en el momento del cumpleaños ya era empleada de Presidencia. 

Qué dice el fallo judicial sobre la la Fiesta de Olivos

“Tal como se ha puesto de manifiesto en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que el libre acceso a la información pública es un derecho fundamental, no se puede soslayar que la denegatoria a brindar la información requerida –del particular modo en que lo hizo la Administración– implica un acto arbitrario e ilegítimo que desconoce los principios y derechos consagrados en la materia por la ley y la jurisprudencia reseñada”, dice el escrito del juez federal Enrique Lavié Pico. 

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Banfi venía realizando pedidos de acceso a la información pública sobre los gastos de Presidencia en torno a los funcionarios involucrados en Olivos desde agosto del 2021, y a pesar de no obtener ninguna respuesta desde el Ejecutivo, finalmente la Justicia ordenó cumplir con dicha demanda. 

Sofía Pacchi Casa Rosada

“Hemos agotado todas las instancias, hoy hay una incumplimiento directo por parte del gobierno a la Ley de Acceso a la Información Pública. Acudimos a la justicia porque es importante denunciar la violación de un derecho humano que es fundamental. Más que pedir disculpas la Primera Dama debería garantizar un uso transparente de los fondos del Estado”, había declarado Banfi en abril de este año. 

La resolución señaló que “si la ley 27.275 garantiza el ejercicio del acceso a la información pública a la ciudadanía, estableciendo principios rectores como la presunción de publicidad y la transparencia en la gestión pública, ello cobra aún más trascendencia teniendo en cuenta el tenor de la información requerida en autos y respecto de la cual no se vislumbra impedimento alguno para su divulgación”.

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Dudas sobre la función de Sofía Pacchi

Ante la investigación judicial por la fiesta realizada el 14 de julio del 2020 con la presencia del presidente Alberto Fernández y otros funcionarios invitados, Sofía Pacchi declaró estar en el cumpleaños de Yañez en carácter de empleada pública, algo que desató la polémica porque según los datos preliminares de Presidencia, ella no figuraba como funcionaria de la Primera Dama. 

“Si Sofia Pacchi era empleada es grave. Primero porque implica que la Secretaría General mintió u omitió en un pedido de acceso a la información pública. Segundo porque se estaría ocultando la nómina de empleados públicos que por ley debe ser de libre acceso”, declaró Banfi.

También la Justicia ordenó que se entregue información de los ingresos a Olivos: “A igual conclusión debe arribarse en relación a la respuesta brindada por la demandada respecto a los ingresos a la Residencia Presidencial de Olivos, oportunidad en la que se limitó a informar que dichos registros eran de público conocimiento y habían sido dados a conocer por diversos medios de comunicación, como así también se encontraban publicados, por ejemplo, en la página web de la Fundación Poder Ciudadano, pudiendo ser allí consultados; lo que implicaba desconocer el deber que pesa sobre el Estado de entregar información cada vez que sea requerida por cualquier persona. Sobre la base de lo expuesto, cabe concluir que la denegatoria así dispuesta por la Administración resulta inválida a la luz de las reglas y principios que rigen el acceso a la información pública a partir de la sanción de la Ley N° 27.275″, se añadió.

Sobreseimientos por 3 millones de pesos

Tanto Alberto Fernández como Fabiola Yañez abonaron un total de 3 millones de pesos, y el juez Lino Mirabelli ya homologó un acuerdo para sobreseer a los acusados. También otros de los funcionarios presentes ofrecieron una donación y la causa estaría cercana a llegar a su fin. 

El fallo completo: 

JD / ds