POLITICA
Fin de la doctrina Irurzun

Julio De Vido pidió la excarcelación tras una resolución que publicó el Gobierno

Se trata de una norma que acota la prisión preventiva. El exministro está detenido hace más de dos años en una causa por malversación de fondos.

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Imagen de archivo | El exministro de Planificación, Julio De Vido. | Cedoc Perfil

El exministro de Planificación Julio de Vido pidió este martes su excarcelación a los juzgados que tramitan causas en su contra, luego de que el Gobierno saliente publicara en el Boletín Oficial una resolución que delimita criterios para dictar prisiones preventivas.

A través de la Resolución 2/2019, el Gobierno ordenó este martes implementar en todos los tribunales en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional gran parte del nuevo Código Procesal Penal.

"Se establece que comenzarán a aplicarse los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del texto a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación" en el Boletín Oficial, para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional", sostiene la resolución del Boletín Oficial.

Los nuevos cambios determinan que el fiscal o la querella pueden pedirle al magistrado a cargo de la causa el dictado de una prisión preventiva sólo cuando esté demostrado que otras nueve medidas sancionadas previamente no alcanzan para asegurar el correcto funcionamiento del proceso judicial.

Las limitaciones a la prisión preventiva abren una puerta para la libertad de exfuncionarios

De esta manera, antes de la disposición de una prisión preventiva, se interpondrán nueve sanciones menos lesivas de la libertad del acusado. Según la regulación vigente hasta hoy, las prisiones preventivas deben ser utilizadas en dos casos puntuales: riesgo de fuga y/o de entorpecimiento del proceso judicial.

El nuevo marco regulatorio sostiene estos criterios para el establecimiento de prisiones preventivas, pero establece pautas más concretas para definir cuándo existe verdaderamente peligro de fuga o de entorpecimiento de la causa.

En este sentido, el nuevo Código busca terminar con lo que buena parte de la dirigencia política consideraba una "arbitrariedad" de los jueces federales. Los artículos que entran en funcionamiento el viernes con la Resolución 2/2019 fueron aprobados por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal el miércoles pasado, con el fuerte aval de la oposición y el oficialismo.

Garavano coincidió con Alberto F. en que las prisiones preventivas deben revisarse

"Este pedido de libertad se interpone como consecuencia de la correcta interpretación del cuadro fáctico de la causa –el que demuestra la absoluta falta de necesidad de la medida de restringir su libertad ambulatoria- y, en atención a los cambios legislativos que emergen de la resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal de fecha 13 de noviembre de 2019 (Nro. 2/19) que ha sido sancionada con fuerza de Ley y ha sido publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina en el día de la fecha", comienza el escrito presentado por los abogados de De Vido, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro.

De Vido está detenido desde hace más de dos años en el marco de la "causa Río Turbio", en la que está acusado de haber perjudicado al Estado "en principio y cuanto menos" en la suma de 176 millones de pesos por una presunta maniobra de desvío de fondos. También pesa sobre él un pedido de prisión preventiva en el marco de la causa de los Cuadernos.

El escrito resalta que la conducta procesal del exfuncionario ha sido "inobjetable", sostiene que "la única condena criminal que registra no ha adquirido firmeza", y expresa que no existe riesgo de fuga ni entorpecimiento. Asimismo, ofrece una caución que "estimen pertinente".

En este sentido, señala que De Vido "cuenta con arraigo de público conocimiento conjuntamente con su familia. Asimismo, tampoco cuenta con facilidad alguna para salir del país ni permanecer oculto; ello, en primer término, por las medidas cautelares de índole económica que pesan a su respecto y, asimismo, por tratarse de una persona pública, reconocible por cualquiera".

A continuación, el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Julio de Vido:

MS/MC