POLITICA
PLANTEO JUDICIAL

La CGT recusó a los jueces que fallaron contra la Reforma Laboral

La Confederación General del Trabajo (CGT) cuestionó a los jueces de la Cámara del Trabajo, Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes reestablecieron la vigencia de la reforma laboral impulsada por Javier Milei.

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CGT reunion. | NA

La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó a los jueces de la Cámara del Trabajo, Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes fallaron a favor del Gobierno nacional al suspender una cautelar del juez de primera instancia Raúl Ojeda, quien había frenado 82 artículos de la reforma laboral impulsada por Javier Milei.

Uno de los argumentos de la CGT para la recusación de Pesino fue la publicación en el Boletín Oficial de su pedido para permanecer en el cargo por 5 años más, una vez que cumpla los 75. La resolución tiene fecha del viernes 24, un día después del fallo de la Cámara. El abogado de la central obrera, Pablo Topet, advierte que Pesino no puede seguir a cargo de la causa porque “podía ser beneficiado por el Poder Ejecutivo” y “el Estado Nacional podría ser beneficiado por la actividad del recusado”.

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Para la CGT, “Pesino ha visto (con satisfacción) formalmente iniciado el procedimiento para cumplir con su expectativa de continuar en funciones luego de cumplir 75 años” y “el Poder Ejecutivo ha visto (con satisfacción) satisfecha su pretensión en orden a la revocación de la decisión del Juez de Grado que al conceder el recurso de apelación lo había hecho con carácter devolutivo”.

Pesino es el magistrado que, junto con María Dora González, firmó este jueves la sentencia de Cámara que suspendió la medida cautelar que había dictado el juez Raúl Ojeda para frenar más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral.

“La inaceptable intervención del recusado en un expediente en el que podía (como sucedió) favorecer la posición de la demandada en un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”, argumentó la CGT en la resolución a la que accedió PERFIL.

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La central obrera también cuestiona el impulso del Ejecutivo a la continuidad del juez en el cargo y precisa que en el “Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 9 de febrero de 2026”, uno de los puntos que se consensuaron fue el “no promover nuevas designaciones —ni impulsar aquellas que se encuentren en trámite— de magistrados; funcionarios o personal especializado para cubrir vacantes de la Justicia Nacional del Trabajo, cuando las mismas se correspondan con las competencias cuya transferencia al GCABA haya sido dispuesta por el presente o se encuentre en ejecución”.

La justicia laboral nacional, así como la civil y la comercial, está en proceso de traspaso de la Nación a la Ciudad, algo que es objetado por asociaciones de jueces y fiscales. La recusación de la CGT, que se presentó este lunes, menciona la nota de este diario que alertó sobre el impulso del Gobierno a Pesino justo un día después de la sentencia favorable a la reforma laboral.

Revocatoria CGT 27042026

La central obrera subraya que “se reúnen los requisitos procesales de toda invalidez adjetiva absoluta” entre ellos “vicio grave (ausencia de jurisdicción e indebido desplazamiento de la Sala llamada a intervenir)”, “oportunidad del planteamiento (dentro de los tres días de conocida la irregularidad)” y “perjuicio relevante (admitió la posición de la contraparte y suspendió la cautela que implicaba conjurar el acto inconstitucional)”.

La CGT plantea que debe ser la Sala I de la Cámara del Trabajo la que resuelva la nulidad “porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado Nacional en su insólita e inesperada premura”.

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“Es esencial resaltar que, si hay un grupo ‘socialmente vulnerable’, claramente, son los trabajadores y trabajadoras y no parecería poder dudarse de esta circunstancia, cuando la propia Constitución Nacional impone al legislador un mandato de tutela intensa y específica en su art. 14 bis. Nos cuesta imaginar por qué razón estos Jueces de Trabajo consideran que los trabajadores no son socialmente vulnerables cuando se trata de conjurar una normativa que impone una reforma peyorativa y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos”, apunta la CGT.

Revocatoria CGT 27042026

La reforma laboral, advierte la CGT, “irroga un daño de relevancia, tanto para las asociaciones sindicales como para los trabajadores, porque cercena derechos adquiridos de protección constitucional”.

“Los distintos capítulos de la reforma laboral materializa daños tangibles al modificar, con una pauta regresiva, entre otros derechos, la exclusión del ámbito personal de la Ley de Contrato de Trabajo de determinadas personas físicas que podrían ser dependientes, la irrenunciabilidad de derechos, la creación de injurias específicas reñidas con la libertad sindical, la reducción de los montos indemnizatorios, el pago en cuotas de indemnizaciones determinadas judicialmente, la prohibición en los hechos del ejercicio del derecho de huelga, la imposibilidad de ejercer la representación colectiva, la violación a la autonomía colectiva y a la autonomía sindical al impedir a determinadas organizaciones sindicales a conformar las unidades de negociación”.

“Además -enumera la CGT-, cercena, de inmediato, el derecho a la negociación colectiva, al afectar las cláusulas obligacionales en un intento de desfinanciar a los sujetos colectivos. Se limita, sin ningún sustento jurídico, la autotutela de los trabajadores y las medidas de acción directa. Altera y extrapola el concepto de ‘servicios esenciales’ y amplía hasta el absurdo las categorías de ‘servicios de importancia’ trascendental para reducir al mínimo las huelgas”.

La CGT advierte que puede llegar ante la Corte Suprema con este reclamo, o bien ante instancias internacionales como la Organización Internacional del Trabajo o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.