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La Justicia ordena aplicar ley de Discapacidad

El Juzgado Federal de Campana declaró inválido el artículo del decreto con el que el Gobierno nacional había suspendido la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso, y ordenó su implementación inmediata en todo el país. La Justicia sostuvo que el Ejecutivo no podía condicionar la vigencia de una ley a la definición previa de las fuentes de financiamiento y advirtió que la suspensión vulneró derechos fundamentales. El Gobierno anticipó que no asignará partidas presupuestarias y confirmó que apelará la sentencia.

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Incumplimiento de la ley. El Congreso ratificó la ley de discapacidad y a pesar de los reclamos, el Gobierno no acatará. | cedoc

Un fallo federal declaró inválido el decreto que suspendía la norma votada por el Congreso y dispuso su implementación inmediata. El Ejecutivo anunció que apelará la decisión y sostuvo que no cuenta con partidas presupuestarias para cumplirla.

La Justicia Federal ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad al declarar inválido el artículo del decreto del Poder Ejecutivo que había suspendido su implementación. El fallo fue dictado por el Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, en respuesta a un amparo colectivo impulsado por la abogada Marta Lastra, especialista en discapacidad, madre de un niño con discapacidad e integrante de la Fundación Familias CEAS.

La resolución judicial dejó sin efecto el artículo 2 del decreto firmado por el presidente Javier Milei, que había condicionado la aplicación de la ley a que el Congreso definiera previamente las fuentes de financiamiento. Para el magistrado, esa decisión del Ejecutivo resultó contraria al orden constitucional, ya que subordinó una norma sancionada por el Poder Legislativo a una disposición de menor jerarquía.

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En el fallo, González Charvay sostuvo que la suspensión de la ley vulneró derechos fundamentales de las personas con discapacidad, entre ellos el derecho a la salud integral, la educación inclusiva, la vida independiente y la inclusión comunitaria. Además, señaló que la medida profundizó el desfinanciamiento estructural que atraviesa el sector, afectando tanto a las personas con discapacidad como a las instituciones y prestadores que brindan servicios esenciales.

“La suspensión de la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad vulnera derechos constitucionales y agrava una situación de extrema fragilidad”, afirmó el juez en su resolución. Según el magistrado, el freno a la ley consolidó un desequilibrio económico que impidió afrontar salarios, cargas sociales, impuestos y el mantenimiento de servicios básicos, en un contexto de fuerte deterioro de las prestaciones.

La Ley 27.793 había sido sancionada por el Congreso luego de que el Parlamento rechazara un veto presidencial y declara la emergencia en discapacidad hasta diciembre de 2027. Entre sus principales objetivos se encuentran garantizar la continuidad de tratamientos médicos y terapéuticos, asegurar la sostenibilidad de los servicios de atención y proteger los derechos de las personas con discapacidad y sus familias frente a la crisis económica.

Desde su suspensión, organizaciones del sector, familiares y prestadores denunciaron interrupciones en tratamientos, cierres de instituciones y pérdida de puestos de trabajo. Ese escenario fue el que motivó la presentación del amparo colectivo que derivó en el fallo favorable conocido este viernes.

La sentencia ordenó la inmediata aplicación de la ley en todo el territorio nacional, impuso las costas del proceso al Estado y dispuso la inscripción del caso en el Registro Público de Procesos Colectivos, lo que refuerza su alcance general.

Sin embargo, la decisión judicial fue rápidamente cuestionada por el Gobierno. Pese al fallo adverso, el Ejecutivo anticipó que no dispondrá las partidas presupuestarias necesarias para implementar la ley y confirmó que presentará una apelación. Fuentes oficiales señalaron que el Estado no cuenta con los recursos para financiar la emergencia y que cualquier erogación de ese tipo debe ser debatida en el marco de la ley de Presupuesto.

“No tenemos las partidas para hacerlo. Nos encantaría cumplir, pero no están los fondos”, expresaron desde el Gobierno, y remarcaron que la asignación de recursos para leyes con impacto fiscal requiere un tratamiento específico por parte del Congreso. Desde la Casa Rosada sostienen que ejecutar la norma sin financiamiento podría afectar el equilibrio de las cuentas públicas y otros compromisos del Estado.

El conflicto abre un nuevo capítulo de tensión entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, y vuelve a poner en discusión los límites entre las decisiones judiciales y la política económica del Gobierno. Mientras las organizaciones de discapacidad y las familias celebraron el fallo como un respaldo a derechos vulnerados, la falta de definición sobre los recursos mantiene la incertidumbre sobre la aplicación efectiva de la ley.

La situación plantea así un escenario de disputa institucional y política, en el que la vigencia formal de la norma convive con las dificultades prácticas para su implementación, en un contexto de ajuste fiscal y reclamos sociales crecientes.

R.P.