POLITICA
Revés para el Gobierno

La protesta es prioridad: la fiscalía dictaminó que el protocolo antipiquetes oficial es inconstitucional

El fiscal Rodrigo Cuesta aconsejó a la Cámara rechazar la apelación del Gobierno y ratificar la nulidad de la medida impulsada por Seguridad. El dictamen fue tajante: el Estado no puede priorizar el tránsito de forma absoluta, ya que el derecho a la manifestación goza de una "tutela preferencial" en democracia.

Procolo antipiquetes
Procolo antipiquetes | NA

La estrategia de "orden público" del Ejecutivo recibió un revés jurídico. El fiscal Rodrigo Cuesta dictaminó ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal que corresponde desestimar el recurso de apelación del Gobierno y dejar firme la sentencia que declaró nulo el protocolo antipiquetes. Para el funcionario, la resolución del Ministerio de Seguridad excedió sus facultades al intentar regular derechos fundamentales mediante una normativa administrativa que, en la práctica, anuló garantías constitucionales básicas.

El dictamen reconoció que el derecho a la protesta no es un delito, sino un ejercicio legítimo que debe ser protegido incluso cuando entra en tensión con la libre circulación. Cuesta remarcó que el Estado tiene la obligación de realizar una evaluación adecuada en cada conflicto de derechos, pero subrayó que la reunión y la expresión social tienen un carácter "preferencial" dentro del sistema legal argentino. De esta manera, el fiscal desarmó el argumento oficial que ponía el flujo del tránsito como un valor absoluto por encima de la movilización.

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Uno de los puntos más severos del texto apuntó contra la "automaticidad" de la represión. El fiscal advirtió que el protocolo obliga a una intervención policial inmediata ante cualquier afectación de la vía pública, sin analizar las circunstancias ni la legitimidad del reclamo. Esta mecánica, según el dictamen, resultó “incompatible con los estándares de razonabilidad y proporcionalidad que exige la Constitución”, transformando a las fuerzas de seguridad en jueces de hecho sobre la vía pública.

La causa llegó a esta instancia tras ser impulsada por una coalición de organismos como el CELS, Amnistía Internacional y diversos gremios como Sipreba y ATE. Estas organizaciones denunciaron desde el primer día que, bajo la excusa del mantenimiento del orden, el Gobierno buscó vaciar de contenido el derecho a la protesta social. El respaldo de la fiscalía fortaleció la postura de los demandantes, quienes sostienen que la medida tiene “un sesgo punitivo que vulnera el funcionamiento democrático”.

Manifestación jubilados Congreso

Para Cuesta, el protocolo falló al no considerar el carácter histórico de la protesta en Argentina como herramienta de visibilización de sectores vulnerados. El fiscal señaló que el control judicial es indispensable cuando las políticas de seguridad implicaron restricciones de derechos humanos bajo conceptos vagos de "bien común". Con este respaldo institucional, la Cámara tiene ahora un panorama jurídico mucho más complejo para validar las aspiraciones del Ministerio de Seguridad.

La decisión definitiva quedó ahora bajo la órbita de los jueces de la Cámara Contencioso Administrativo Federal. Si bien la opinión del fiscal no es obligatoria para el tribunal, su peso marcó un límite a las funciones del Ejecutivo. El caso se perfiló como un “fallo testigo” que definirá si el derecho a circular puede, efectivamente, ser utilizado para silenciar el reclamo social o si la calle seguirá siendo un espacio de expresión política protegida.

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La pirámide jurídica en juego

El dictamen estableció que una resolución ministerial no puede modificar el espíritu de la Constitución Nacional. Al otorgar una "tutela preferencial" a la protesta, el fiscal obligó a la Justicia a mirar el protocolo no como una herramienta de tránsito, sino como una posible restricción ilegal a la libertad de expresión que sólo podría ser regulada (con límites estrictos) por una ley del Congreso.

La crítica a la intervención automática puso el foco en el riesgo de abusos. La fiscalía marcó que si la policía actúa sin evaluar el motivo de la marcha, se rompió el estado de derecho. Esto invalidó la idea de que cualquier ocupación de la calzada amerita un desalojo inmediato, devolviendo a la manifestación su carácter de hecho político y no meramente circulatorio.

Para las entidades que iniciaron la demanda, como el Polo Obrero y la Confederación Indígena Neuquina, el dictamen funcionó como un escudo legal. Al ratificar que el derecho a la protesta es "legítimo", el fiscal despojó de sustento la criminalización automática de los dirigentes sociales, dejando al Gobierno en una posición de debilidad jurídica para sostener las sanciones y multas derivadas de la aplicación del protocolo.

TC