El juez federal de Río Gallegos Claudio Vázquez procesó a Franco Ezequiel Castelli, ex soldado e integrante de la agrupación Revolución Federal, quien en una sesión en vivo de Twitter Space fue interrogado sobre por qué no había asesinado al diputado del Frente de Todos, Máximo Kirchner.
El magistrado dispuso además "la prohibición de acercamiento y comunicación de Castelli respecto del diputado Máximo Kirchner y de cualquier miembro del entorno familiar".
"No podrá acercarse a una distancia inferior a 200 metros de donde se encuentren los aludidos, a los fines de resguardar su seguridad personal", estableció la resolución.
Castelli fue procesado por el artículo 213 bis del Código Penal (el mismo que el juez porteño Marcelo Martínez de Giorgi aplicó a otros integrantes de la organización de ultraderecha) que establece penas de hasta ocho años de cárcel para quien forme parte de agrupaciones que "tuvieren por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza".
Quién es Franco Ezequiel Castelli
Castelli, chaqueño de 27 años de edad y ex soldado voluntario, fue procesado por su participación en los debates en Twitter en los que "se planificaron, coordinaron y difundieron mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas; valiéndose de las redes sociales y medios masivos de comunicación para la convocatoria y la propagación de esas intenciones".
También fue investigado por un tribunal de disciplina militar, que detectó que "habría participado de manifestaciones públicas susceptibles de ser consideradas como amenazas, instigación a cometer delitos, incitación a la violencia y apología del delito en contra de autoridades nacionales".
De hecho, el miembro de Revolución Federal ya no pertenece a las fuerzas armadas.
"¿Cómo no lo mataste boludo?"
Como elemento de prueba, el juez se apoyó en "un intercambio entre Castelli y Jonathan Morel (...) en el que este último le consulta al imputado ‘¿Pasas todavía por la casa de Máximo, no? Sí porque sos de Santa Cruz…¿Cómo no lo mataste boludo?’".
"Me encuentro persuadido de que las pruebas reunidas son consistentes y armónicas entre sí, permitiendo articular una hipótesis de cargo que –con la provisionalidad propia de la etapa en trance- se presenta como verosímil tanto en lo que respecta a la materialidad del hecho como a la responsabilidad penal que a Castelli le cabe por su comisión", explica el fallo que dictó el procesamiento de Castelli.
"No se está poniendo bajo consideración que estas declaraciones hayan decantado en actos propios de un comienzo de ejecución de ilícitos de este calibre; más la sola intervención del imputado en una agrupación que promueve el odio y el temor basta para configurar el hecho investigado", argumento el juez de Río Gallegos Claudio Vázquez.
"No puedo pasar por alto en este sentido que contemporáneamente a estos eventos acaeció la tentativa de magnicidio perpetrada en contra de la actual vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner", sentenció.
CA/ED