Luego de más de seis meses de presentada la denuncia ante la Justicia, finalmente sobreseyeron a Victoria Donda en el marco de la causa por la que la titular del INADI era investigada por defraudación contra la administración pública tras haberle ofrecido un puesto en el organismo a su empleada doméstica particular.
Este jueves el juez federal en lo Criminal y Correccional, Sebastián Casanello finalmente resolvió que Victoria Donda no incurrió en un delito penal en lo que respecta a la denuncia por "defraudación contra la administración pública y malversación de caudales públicos", realizada por el abogado de Aminda Banda Oxa, la empleada doméstica de la funcionaria a quien había ofrecido un empleo en el organismo público que comanda con tal de terminar con el vínculo laboral, y en medio de las exigencias de la trabajadora para regularizar su situación.
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La clave del fallo está en que, según lo investigado por el juez, no se encontró ningún acto administrativo que probara un nombramiento de Banda Oxa en el INADI, un instrumento legal que formaliza los vínculos de los trabajadores con el Estado en todos sus niveles. Así, pese a que el fiscal Guillermo Marijuán había pedido la indagatoria de Donda en varias oportunidades, según fuentes judiciales durante todo el proceso no se encontraron indicios del ofrecimiento del cargo que sí constaba en los audios viralizados en redes sociales que detonaron el escándalo a fines del 2020. En este sentido, los audios en sí no implican una eventual contratación.
Por otro lado, el fallo del juez Casanello no implica que Victoria Donda pueda ser denunciada e investigada por otros motivos relativos a la causa, como por ejemplo por violar el artículo 3 de la ley de Ética Pública, ni tampoco detiene el reclamo de la empleada doméstica en el Tribunal de Trabajo Doméstico de la Justicia laboral. Lo resuelto sólo determina que la conducta atribuida a la funcionaria no es un delito penal ya que nunca se llevó a cabo el nombramiento que hubiera sostenido la denuncia de fraude contra el Estado.
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Tras idas y vueltas entre la fiscalía y el juzgado en los últimos meses, el fallo de este jueves no sorprende considerando que el juez Casanello ya se había expedido de manera similar respecto al tema y, tal como le dijo al fiscal en su momento, "este tipo penal, necesariamente exige que haya un/a funcionario/a público/a que dicte resoluciones o diere órdenes, que fueran contrarias a la legislación vigente".
En el caso de Donda, "existieron conversaciones privadas en el marco de las cuales habría formulado un ofrecimiento impropio", pero "no hay elementos que indiquen que tras esos diálogos haya existido una resolución o a una orden emanada por la titular del INADI, que disponga hacer efectivo tal ofrecimiento -ya sea mediante una contratación o el otorgamiento de un plan social-".
CDI CP