Hace algunos días el gobierno infromó su intención de lanzar un nuevo paquete de reformas, entre los que se incluye una ley “anti-okupas”. Dicha legislación pretendería que los usurpadores liberen la propiedad en tan solo 5 días. Aquella propuesta está muy lejos de lo que hoy ocurre en nuestro país
La usurpación está regulada por el código penal, dentro de “delitos contra la propiedad”, que en su artículo 181° establece hasta 3 años de prisión para los usurpadores: “1º el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble (...)”. Es importante remarcar que al decir “clandestinidad”, se incluyen ocupaciones sin violencia explícita, como puede ser ingresar el inmueble cuando está vacío.
Entonces, si hablamos del código penal, hablamos de delitos. Las víctimas de usurpación deben realizar una denuncia y luego seguir el posterior juicio, que puede llegar a tardar años. Durante el periodo del juicio, los usurpadores siguen viviendo en la propiedad, a pesar de que los dueños tengan los títulos de propiedad, excepto casos muy excepcionales en los que se solicita un desalojo preventivo.
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Contexto internacional
El problema de los ocupas no es solo argentino, también es una preocupación de los españoles, donde cada vez crecen más los “grupos antiokupas”. Se trata de empresas de hombres forzudos que toman la ley en sus manos, tiran abajo la puerta y recuperan la propiedad.
Si bien en España las autoridades piden seguir las vías legales, mientras el “comando anti-okupas” no use la violencia contra el usurpador no estarían cometiendo delito alguno.
En España hay una ley anti-okupas vigente, que podría ser quizá un modelo para lo que nos espere a nosotros. Los grupos anti-okupas trabajan bajo el lema “si la ley no actúa, actuamos nosotros”, lo que nos puede dar una idea de qué tan querida es la ley en la práctica.
LT