El año próximo, en 2023, será el 75º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), aprobados por Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, en París.
El 10 de diciembre de este año, 2022, Naciones Unidas arranca con tiempo y una meta clara: lanzar “una campaña de un año de duración con el fin de presentar la DUDH centrándonos en su legado, relevancia y activismo”.
El lema del Día de los Derechos Humanos 2022 es "Dignidad, libertad y justicia para todos y todas" y el llamamiento a la acción es #StandUp4HumanRights.
Los Derechos Humanos son 30 y no todos los conocen. ¿Vos podrías enumerar al menos la mitad?
Los 30 derechos humanos son políticos, civiles, sociales, económicos y culturales.
Derechos Humanos
Fueron redactados en febrero de 1947, por un grupo inicialmente formado por tres personas: Anna Eleanor Roosevelt, Pen-Chun Chang y el diplomático libanés Charles Habib Malik. Sin embargo, poco después se les unieron miembros de la Comisión de Derechos Humanos de Australia, China, Chile, Francia, Líbano, Estados Unidos, Reino Unido y Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para redactar la Carta Internacional de Derechos Humanos.
Anna Eleanor Roosevelt fue quien presionó para que Estados Unidos se uniera y tuviera un papel activo en la ONU. "No basta con hablar de paz; hay que creer en ella. Y no basta con creer; hay que trabajar para conseguirla" fue una de sus frases más conocidas.
“Puedes ganar todas las batallas, pero si pierdes la guerra de las ideas, habrás perdido la guerra. Puedes perder todas las batallas, pero si ganas la guerra de las ideas, habrás ganado la guerra,“ dijo alguna vez Malik, hijo de un médico y una jueza que comenzó siendo matemático y luego se inclinó al fervor de las ideas libertarias de su tiempo.
Finalmente, el filósofo chino Pen-Chun Chang, era catedrático de teatro clásico chino y un académico de nivel internacional, especializado en Confucio.
Derechos Humanos universales
La primera vez que la humanidad habló de Derechos Humanos fue en 1789, cuando Francia elaboró la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento que establecía que todos los ciudadanos franceses son iguales ante la ley.
Ciento cincuenta y nueve años más tarde, en 1948, Naciones Unidas decidió encarar el tema sin más rodeos y lanzó La Declaración Universal de Derechos Humanos, un documento que por primera vez proclamaba los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho, cualquiera fuere su nacionalidad. Sí, un argentino también.
Cuando la Asamblea General aprobó la DUDH, la proclamó como "norma común de conducta para todos los pueblos y naciones".
La DUDH no es un documento vinculante (no tiene peso de ley que castigue o multe su incumplimiento). Sin embargo, sí cuenta con 60 instrumentos que funcionan como una normativa internacional en la materia. Por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la Carta Social Europea (CSE), la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (CAFDH), etc.
Por lo tanto, al menos para los países miembros de ONU y firmantes de la DUDH no hay vuelta atrás.
Derechos: todos son humanos e iguales
Ya desde el Preámbulo, la flamante DUDH era una propuesta para sellar un pacto por la paz. Hablaba de “familia humana”; basta de etnocentrismo, darwinismo social y la eugenesia que tantos males le hicieron a la humanidad.
"El reconocimiento de la dignidad inherente y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana es la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo", reza el Preámbulo de la DUDH.
En un año de campaña intensa por el tema se espera que más personas conozcan cuáles son sus derechos humanos y que ya con ese saber en mano los derechos humanos sean “un modelo fundacional necesario para adoptar medidas concretas”.
Las Naciones Unidas acababan de crearse, el 24 de octubre de 1945 luego de que la mitad del mundo quedara destruida por la Segunda Guerra Mundial.
Tres años más tarde, la DUDH fue la respuesta de las Naciones Unidas (¿mea culpa?) a los “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” cometidos durante los conflictos bélicos que ocuparon a la humanidad durante medio siglo XX. Estados Unidos, China, Reino Unido, Francia y URSS estaban entre los 51 países que firmaron la Carta de la ONU y con su firma se comprometieron a mantener la paz y la seguridad internacional.
Declaración Universal de Derechos Humanos
Tres años más tarde, la Declaración Universal de Derechos Humanos especificaba todos los derechos y libertades fundamentales a los que todos los firmantes –e incluso no firmantes- tenemos derecho por el sólo hecho de pertenecer a “la familia humana”. El texto completo fue publicado en árabe, chino, inglés, francés, ruso y español
Esos derechos están garantizados en cualquier lugar, sin distinción de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, religión, lengua o cualquier otra condición.
El Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la máxima autoridad de las Naciones Unidas en la materia- desempeña un rol primordial en la coordinación de los esfuerzos para que la DUDH siga teniendo vigencia. El Alto Comisionado encomienda la celebración anual del Día de los Derechos Humanos.
Los 30 derechos humanos que debemos conocer
1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
2. Todas las personas somos iguales cualquiera sea su origen, etnia, color de piel, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición social o económica (…).
3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.
4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre […].
5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.
7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley (…).
8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales (…).
9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
11 Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad. (…)Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
13. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
14. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
15. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
16. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de etnicidad, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
17. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
20. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
21 (…)Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener (…) la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
23. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual (…)que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana (…).
24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. (…) el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. (…)Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten (…).
28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
(…) Toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.