SOCIEDAD
Paro de maleteros

Viajes en avión: cuáles son los derechos de los pasajeros y qué hacer ante cancelaciones y demoras

Existen ciertas contemplaciones que los pasajeros deben tener en cuenta sobre el reembolso de dinero, la reprogramación de vuelos y las obligaciones de las empresas.

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Demoras. El viento, la lluvia y la actividad eléctrica afectaron las operaciones aéreas ayer. | cedoc

El Ministerio de Trabajo anunció que este martes 15 de agosto se levantó el paro de maleteros que se mantuvo durante más de 20 horas y generó la cancelación de 40 vuelos, por lo que más de 10 mil pasajeros se vieron afectados. En estos casos, las personas que contratan los servicios aéreos deben conocer cuáles son sus derechos para saber cómo proceder ante la suspensión o reprogramación de sus vuelos.

A nivel nacional, estos derechos están establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo. La resolución 1532/98 fue modificada por la 203/13 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y explica los motivos y los casos por los que se puede reclamar.

Entre ellos, se encuentran los relativos al equipaje, (como daños, faltantes, demora de entrega y extravío), las cancelaciones imputables a la empresa, imposibilidad de viajar por razones de salud, y las demoras mayores a 4 horas sin prestación de servicios incidentales, entre otras.

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Se levantó el paro de maleteros que afectaba vuelos en Ezeiza y Aeroparque

Qué hacer si la aerolínea cancela o reprograma el vuelo

Según el Artículo 12 de la mencionada resolución, si debido a "circunstancias operativas, técnicas, meteorológicas o de índole comercial" el transportador cancela o demora un vuelo o la entrega de equipaje por más 4 horas, deniega el embarque porque hizo una sobreventa, no puede hacer escala en el punto de parada, estancia o de destino del pasajero, o causa a un pasajero la pérdida de un vuelo de conexión, el pasajero tendrá el derecho a:

  • Su inclusión obligatoria en el vuelo inmediato posterior del mismo transportador para su destino, o
  • Al endoso de su contrato de transporte, incluyendo conexiones con espacio confirmado, cuando sea aceptable para el pasajero, o
  • A ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios del transportador o en los servicios de otro transportador, o por otro medio de transporte, en estos últimos casos sujeto a disponibilidad de espacio.

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El artículo también aclara que "si la suma de la tarifa, el cargo por exceso de equipaje y cualquier otro cargo de servicio aplicable por la nueva ruta es mayor que el valor de reintegro del billete o de la porción aplicable del mismo, el pasajero no abonará ninguna tarifa o cargo adicional y el transportador reintegrará la diferencia si la tarifa".

Por el lado contrario, si la tarifa y los cargos por las reprogramaciones son menores el transportador debe reintegrar la diferencia. En tanto, señala que los pasajeros que acepten la compensación voluntariamente y a realizar el transporte en las condiciones que detalla la resolución, "no tendrán derecho a efectuar ningún tipo de reclamo posterior al transportador".

Si el pasajero no está de acuerdo con la reprogramación, puede optar por el reembolso del pasaje. Primero debe realizar su reclamo a la aerolínea, y en caso de no obtener la devolución puede iniciar acciones legales en el fuero civil y comercial de la Justicia Federal.

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Cancelaciones o demoras por paros gremiales

Desde el Ministerio de Transporte informan que las cancelaciones demoras provocadas por cuestiones meteorológicas o de fuerza mayor, como un paro gremial sin previo aviso, se relacionan a causas no imputables a la Empresa o que la aerolínea no ha podido prever.

En este caso, la obligación de prestar "servicios incidentales" no procede, siendo sólo exigible la de reencaminar al pasajero a destino, o bien la inmediata devolución si correspondiere, del precio del contrato del transporte no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas.

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En el caso de los problemas que causó el paro de los trabajadores de la empresa Intercargo este lunes y martes en el Aeroparque porteño y el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, trascendió que a modo de compensación las empresas ofrecieron a los pasajeros la devolución del dinero por el mismo método que pagaron, la entrega de gift cards o la reprogramación futura del vuelo.

Intercargo es la empresa estatal que traslada a los pasajeros y sus equipajes entre la zona de embarque y los aviones, entre otras actividades.

Servicios incidentales

Asimismo, otro de los incisos de la resolución 1532/98 estipula que el transportador proporcionará al pasajero, sin cargo, los siguientes servicios incidentales:

  • Comunicación telefónica al punto de destino y de índole local;
  • Comidas y refrigerios según el tiempo de espera hasta el embarque en otro vuelo.
  • Alojamiento en hotel, en aeropuerto o la ciudad, cuando la demora de un vuelo excede las 4 horas.
  • Transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

 

FP/ff