Ingresos Brutos

Sebastián Dominguez sobre las billeteras virtuales: “No hay montos mínimos, las recaudaciones son sobre cualquier depósito”

El tributarista advirtió que cualquier acreditación, incluso de origen no comercial, puede generar retenciones automáticas por parte de las billeteras.

Billeteras virtuales (Noticias Argentinas)

Sebastián Domínguez, tributarista, en diálogo con Canal E, detalló cómo afectará el nuevo régimen de recaudación de Ingresos Brutos a quienes operan con billeteras virtuales en la Provincia de Buenos Aires.

¿Qué cambia con el nuevo régimen de recaudación?

Desde octubre, las billeteras virtuales comenzarán a actuar con las mismas obligaciones de recaudación que los bancos. Según explicó  Domínguez, “los proveedores de servicio de pago, que son las empresas que tienen las billeteras, van a hacer las mismas recaudaciones bancarias que se hacían a través del banco”.

Este nuevo esquema responde a la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al régimen CIRCUPA, una versión del sistema CIRCREB que ya aplicaban los bancos para retener Ingresos Brutos. Según Domínguez, “hasta ahora no sufrían recaudaciones de ingresos brutos por las acreditaciones en las billeteras, pero esto cambia a partir del 1° de octubre” para más de 100 billeteras ya inscriptas en la Comisión Arbitral.

Además, aclaró que “si no está inscripto en Provincia de Buenos Aires, no le van a hacer recaudaciones”, aunque el contribuyente esté domiciliado allí. En cambio, quienes estén inscriptos verán aplicadas alícuotas que “pueden ir del 0,01% al 5%”, en función de su empadronamiento y actividad económica.

Situaciones especiales y advertencias

Domínguez hizo una advertencia clave: “Aquellos contribuyentes que están en el monotributo unificado no van a sufrir estas recaudaciones”, ya que el pago de Ingresos Brutos está incluido en su cuota mensual. Por lo tanto, no habrá doble imposición para ellos.

Sin embargo, aquellos que usaban billeteras virtuales para evitar recaudaciones bancarias ahora estarán alcanzados. “Había quienes cobraban por billeteras para no seguir incrementando su saldo a favor con recaudaciones indebidas; eso ahora se terminó”, advirtió el tributarista.

Uno de los problemas que resaltó es que el sistema no distingue el origen real del dinero recibido: “Por ejemplo, si la esposa le gira dinero al marido, y ambos están inscriptos en Ingresos Brutos, se genera una recaudación aunque no haya una actividad económica real”. Incluso en casos de transferencias entre amigos para regalos o reuniones sociales, podría haber retenciones no justificadas.

También explicó que no existe un piso mínimo para que se aplique la recaudación: “Las recaudaciones son sobre el monto que se recauda, no hay mínimos establecidos”, remarcó.

Para evitar situaciones complejas, recomendó: “Siempre sugerimos no recaudar dinero que no tenga que ver con la actividad, porque ante una inspección, hay que demostrar su origen”.

Finalmente, recordó que hay algunas pocas excepciones, como acreditaciones por exportaciones, transferencias entre cuentas propias o venta de títulos públicos. Aun así, aclaró: “Son casos puntuales; en la gran mayoría de las acreditaciones se va a recaudar ingresos brutos”.