Condenarán al empleado del sanatorio que se negó a asistir a Blas Correas
En un juicio abreviado que se realizará el martes próximo, el fiscal de la causa y el abogado defensor del empleado de la Clínica Aconcagua acordaron una condena de prisión en suspenso.
El asesinato de Blas Correas se dividió en tres causas judiciales paralelas, de las cuales dos están en proceso de resolverse. La primera terminó con 11 policías condenados, dos de ellos a la pena de prisión perpetua. La causa II se trata sobre la negación de tres empleados de la Clínica Aconcagua que se negaron a asistir al adolescente cuando agonizaba. Y la causa “Blas III” investiga a exfuncionarios por presunta participación en los hechos y otros delitos.
En el marco de la causa “Blas II”, este jueves se conoció que uno de los tres empleados implicados afrontará un juicio abreviado que se desarrollará el martes próximo. La situación procesal de Fernando Gabriel Casalino, trabajador del sanatorio, estaba sin resolución en Tribunales.
Su abogado defensor José D’Antona y el fiscal Fernando López Villagra, con conocimiento del querellante Alejandro Pérez Moreno, acordaron el juicio abreviado y una condena de dos años y seis meses de prisión en suspenso por el delito de abandono de persona.
Las otras dos empleadas de la clínica, Guadalupe María Laura Moya y a Paola Andrea Mezzacapo, el pasado mes fueron sobreseídas parcialmente por la Cámara 8ª del Crimen de Córdoba luego de pagar, según lo establece la ley, una multa económica de 12.500 pesos cada una. Estaban imputadas por omisión de auxilio a Blas cuando todavía respiraba.
Las dos jóvenes ofrecieron, además, una reparación económica a la familia del adolescente asesinado por una suma total de 300 mil pesos. Los padres de Blas pretenden destinar ese monto a fines solidarios.
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En diálogo con PERFIL CÓRDOBA, Soledad Laciar, madre de Blas Correas, consideró como “muy importante” el juicio abreviado del próximo martes porque Casalino se declarará culpable por sus actos.
Según el expediente, durante la madrugada del 6 de agosto de 2020, el empleado 42 años salió del sanatorio y no permitió que el adolescente sea asistido. Ayudó a sus amigos a cargarlo nuevamente al auto y les sugirió que lo llevaran al Hospital de Urgencias.
“A nosotros nos satisface que se haga justicia por Blas más allá de las sanciones punitivas y si esta persona que tuvo un acto humanitario porque, más allá del abandono de persona, ayudó a cargarlo a Blas nuevamente al vehículo, nosotros estamos conformes con lo que la justicia determina”, dijo Pérez Moreno a Radio Universidad.
El abogado reprochó “la actitud de las otras dos personas (Mezzacapo y Moya), que estaban imputadas y que abonando $12.500 cada una, se sacaron el lazo de encima sin siquiera -y nosotros se lo habíamos pedido formalmente- que al menos tuvieran un acto humanitario de pedir disculpas por lo que no habían hecho, que era precisamente la omisión de auxilio que se le imputaba”.
“No tuvieron en ningún momento un gesto de madre, humanitario de decir ‘pedimos disculpas, la verdad actuamos así…’ por el motivo que fuere”, concluyó Pérez Moreno.
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