Perfil
CóRDOBA
LEY JOAQUÍN

“Que la biología no llegue antes que la justicia”: el fuerte pedido de una jubilada víctima de estafa

La mujer tiene 71 años, cobra el haber mínimo y padece necesidades. El expediente transita un laberinto burocrático desde hace años. Primera presentación para que se haga efectiva la ley 11.122 recientemente aprobada.

Ley Joaquín
LEY JOAQUÍN. La Unicameral aprobó por unanimidad el 28 de mayo último la norma que consagra el derecho a las víctimas de delitos de intervenir en todo el proceso judicial. | Cedoc Perfil

En una presentación que pone a prueba la eficacia de la flamante Ley Joaquín sobre el derechos de las víctimas, una jubilada de 71 años solicitó a la Cámara 10ª del Crimen la aplicación inmediata de la norma para juzgar a quienes la estafaron.

El objetivo del reclamo -patrocinado por el abogado Rodrigo López Tais- es destrabar una causa por defraudación inmobiliaria que se inició hace años y que, pese a no ser considerada compleja, sigue sin fecha de audiencia de debate, mientras la mujer padece graves necesidades.

Ley Joaquín: Las claves de la reforma judicial que amplía los derechos de las víctimas en Córdoba

Uno de los dos imputados que debería enfrentar el juicio falleció el año pasado.

Un laberinto burocrático de años

El caso se origina en una operación inmobiliaria vinculada a la compra de un departamento en construcción en el edificio “Torre Rumiah”, ubicado en barrio Alto Alberdi, en el año 2015.

La víctima tomó conocimiento del emprendimiento por un aviso publicitario y luego mantuvo reuniones con quienes comercializaban la unidad. En ese marco, le habrían ofrecido un departamento a entregar en el año 2018, con entrega inicial y pago en cuotas. Confiando en esa propuesta, suscribió documentación vinculada a la operación y fue abonando distintas sumas de dinero.

El problema apareció después: la obra no avanzaba como se le había informado, comenzaron las dudas sobre la situación real del emprendimiento y, finalmente, la víctima sostuvo que había sido inducida a entregar dinero mediante una maniobra engañosa, sin recibir el inmueble ni una solución efectiva. Por eso denunció la estafa inmobiliaria y el desbaratamiento de derechos acordados.

Desde entonces, el hecho fue investigado, se elevó a juicio y desde hace tres años el expediente está radicado en la Cámara 10a. del Crimen. Lo que pide es que el juicio se haga lo antes posible.

Ver el Mundial en 4K, imposible en Argentina: qué canal tiene menos delay y por qué tu televisor no puede hacer magia

Vulnerabilidad extrema

El caso adquiere una dimensión humana dramática por la situación de la querellante. Se trata de una mujer de 71 años, jubilada con el haber mínimo (cobra $400.000) que, además, trabaja como costurera para subsistir.

La presentación judicial detalla la asfixia económica que padece: hasta mayo pasado, sus obligaciones básicas entre alquiler y expensas sumaban casi $700.000, una cifra que multiplicaba sus ingresos fijos. Esta desproporción la obligó a abandonar su vivienda y mudarse al domicilio de su hija. Para la querella, este escenario exige una “tutela reforzada”, ya que el paso del tiempo consume un "tiempo vital irrecuperable" en personas de edad avanzada.

El estreno de la Ley de Víctimas 11.122

La clave jurídica del pedido reside en la Ley 11.122, conocida como Ley Joaquín, una norma de orden público aprobada por unanimidad por la Unicameral el mes pasado, que establece principios de celeridad, dignidad y no revictimización. El abogado López Tais argumentó que la ley obliga a las autoridades a evitar dilaciones injustificadas y adoptar medidas para una respuesta rápida y eficaz, en este caso de la Justicia.

Además, introduce un trato especial para las personas mayores de 70 años y cuestiona la mora judicial prolongada que genera un daño adicional al provocado por el delito original.

El aguinaldo pasó del ahorro a pagar deudas en los últimos años según un relevamiento de este año

Un petitorio con urgencia biológica

El escrito finaliza con una frase contundente que resume el riesgo de la inacción estatal: se solicita el impulso inmediato de la causa para evitar que “la biología llegue antes que la justicia”. El acceso a la justicia no es solo entrar al sistema, sino el derecho a egresar de él con una respuesta definitiva que detenga el agravamiento del daño sufrido por la situación de vulnerabilidad de la damnificada.