La Cámara de Acusación de Córdoba confirmó el archivo de la denuncia por falso testimonio presentada por el exministro de Seguridad provincial Alfonso Mosquera. El exfuncionario había impulsado una acción penal para cuestionar declaraciones brindadas por su expareja y dos hermanas de la víctima.
Lo hizo en procura de desmoronar la acusación por la que deberá enfrentar un juicio oral acusado de abuso sexual con acceso carnal, lesiones, privación ilegítima de la libertad, todo en un contexto de violencia de género.
Si se revertía la veracidad de los testimonios él podría decir que los hechos no existieron.
Sin embargo, los vocales Carlos Salazar, Patricia Farías y Maximiliano Davies resolvieron rechazar su recurso de apelación y mantener el archivo, aunque por fundamentos distintos a los aplicados inicialmente por el juez de control.
El origen del conflicto
La resolución apelada había dispuesto el archivo de las actuaciones por considerar que existían obstáculos transitorios para avanzar: el mismo cuestionamiento sobre los testimonios estaba siendo analizado por el juez natural en la causa principal, lo que —según ese criterio— generaba riesgo de valoraciones paralelas o contradictorias.
Con el patrocinio letrado de Miguel Ortiz Pellegrini, Mosquera cuestionó esa decisión argumentando que el falso testimonio constituía un delito autónomo y que nada impedía investigarlo.
Por qué la Cámara confirmó el archivo
La Cámara de Acusación rechazó el recurso, pero lo hizo apoyándose en un fundamento de fondo: la atipicidad de la conducta denunciada.
El tribunal recordó que la causa central contra Mosquera ya había sido elevada a juicio el 21 de abril de 2025. Señaló que en aquella oportunidad ya había analizado específicamente los planteos de Mosquera respecto de la supuesta falsedad de los testimonios.
La Cámara había considerado los testimonios como “plenamente válidos”, suficientes para alcanzar el estándar de probabilidad requerido para la elevación a juicio. Por eso, los vocales concluyeron ahora que no existe ningún elemento que permita sostener que las testigos hayan declarado de manera falaz para perjudicar al exfuncionario.
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Sin delito y sin margen para avanzar
Ante la vigencia de esa resolución firme y la ausencia de indicios de una conducta penalmente relevante, la Cámara determinó que los hechos denunciados no encuadran en el delito de falso testimonio ni en ninguna otra figura penal. Por ello, ratificó que el archivo corresponde por atipicidad.
La decisión representa un nuevo revés judicial para Mosquera, ya que el tribunal no solo confirmó la validez de los testimonios cuestionados, sino que ratificó que la vía penal abierta por su denuncia no tiene sustento jurídico para prosperar.