El colapso financiero de la agroindustrial Surcos S.A. trascendió las fronteras del fuero comercial para convertirse en un intrincado laberinto judicial. La cesación de pagos de la compañía, cristalizada en un concurso preventivo que buscó reestructurar un pasivo millonario, avanzó en paralelo a las sospechas por presunta estafa financiera. Mientras los balances y las deudas fueron auditados rigurosamente en la justicia provincial de Santa Fe, los ecos de una denuncia por ocultamiento de insolvencia para captar fondos del mercado mantuvieron abierta una controversia penal que enfrentó los dictámenes de los abogados defensores con la hermética vigilancia del Estado.
En el terreno puramente administrativo y comercial, la situación patrimonial de la firma quedó plasmada el pasado 27 de marzo de 2026, cuando se presentó el Informe General de la Sindicatura bajo el amparo del artículo 39 de la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ). Según los documentos oficiales radicados en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, los contadores auditaron pasivos quirografarios confirmados por "USD 51.439.956 y € 5.303 ". A esta acreencia consolidada, el expediente añadió una masa de acreedores quirografarios eventuales que ascendió a "$ 27.971.346.688", junto a privilegios generales que superaron los "$ 2.065 millones".
Las razones del default, según la auditoría judicial, no se limitaron a un único factor coyuntural. Los síndicos sentenciaron en su escrito que "la crisis de la insolvencia tuvo origen en causas plurales, generalmente entrelazadas". El informe detalló una caída interanual del 24% en el volumen de ventas durante 2024, atribuida directamente a "la caída de la demanda de insumos agropecuarios en un contexto de sequía severa, crisis del sector y cambios en la conducta de compra". Esta coyuntura expuso la fragilidad estructural de una empresa que, según el texto judicial, "operó con liquidez restringida y dependencia de refinanciación", dado que "el efectivo representó menos del 1% del pasivo corriente".
Firmas satélites y el frente penal
Uno de los focos más críticos del expediente concursal recayó sobre el entramado societario de los accionistas, que incluyó firmas satélites y derivaciones de un holding internacional con ramificaciones en Estados Unidos y Latinoamérica. Los síndicos dejaron constancia formal de "la existencia de múltiples relaciones societarias, comerciales y financieras entre Surcos S.A. y diversas sociedades vinculadas". Si bien adoptaron una postura técnica cautelosa, advirtieron que estas transferencias cruzadas serán objeto de revisión, señalando que las "operaciones intra grupo no merecieron mayores reproches más allá de su posible inclusión en los actos susceptibles de ser revocados en el hipotético caso de quiebra".
Sin embargo, la crisis de deuda fue apenas una cara de la moneda; la otra resultó la investigación por presunta violación del artículo 309 del Código Penal. La trascendencia mediática en abril de 2026 sobre una causa activa por oferta engañosa de valores señaló que la compañía captó más de USD 16 millones mediante Obligaciones Negociables (ON) Serie XIV, ocultando presuntamente a los inversores que el default era inminente. Esta acusación, impulsada en su momento por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a través de la PROCELAC, puso bajo la lupa judicial las decisiones corporativas tomadas en las vísperas de la cesación de pagos.
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Frente a este severo flanco penal, la respuesta institucional de la empresa resultó categórica y se apoyó en la desestimación de los expedientes en los tribunales. A través de un documento oficial fechado el 26 de febrero de 2026, el estudio jurídico Fontán Balestra & Asociados buscó blindar la posición de la cúpula directiva. En la misiva dirigida a Sebastián Calvo, los letrados afirmaron textualmente: "Le enviamos esta carta para ratificarle lo informado en cuanto a que, al día de la fecha, no hay causas penales en trámite en su contra y/o en contra de SURCOS S.A.".
La respuesta empresaria y el hermetismo oficial
Para sostener esta aseveración de inocencia, la defensa técnica detalló el destino de la denuncia impulsada por la autoridad bursátil. Según el texto rubricado por el abogado Juan M. del Sel, "el pasado 12 de febrero de 2026 el Juez dictó el sobreseimiento de Sebastián Calvo, lo que cerró definitiva e irrevocablemente el sumario penal en su favor". Previamente, el mismo estudio también indicó que otra denuncia por el incumplimiento de un pagaré fue desestimada en enero por una fiscal provincial al considerar que lo denunciado no constituyó "un delito penal", por lo que ordenó "archivar el legajo".
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La contundencia de la versión empresarial, que dio por finalizado el conflicto, contrastó con el sostenimiento de la investigación en la esfera informativa y el estricto hermetismo del ente regulador. Ante la consulta de PERFIL, fuentes oficiales de la CNV ratificaron el origen de la acción legal y señalaron que "la CNV denunció penalmente a Surcos, y eso tramitó directo en el juzgado correspondiente". Al ser consultadas sobre la continuidad del proceso y la vigencia de vías administrativas paralelas, las mismas fuentes se ampararon en la rigidez de la normativa: "Las investigaciones están sujetas a secreto, por lo que no se informará si existe un proceso en curso".
La discrepancia temporal entre el sobreseimiento dictado en febrero, esgrimido como escudo por la compañía, y la vigencia de la investigación penal reportada a mediados de abril, encuentra su explicación fáctica en la dinámica del sistema judicial. En el fuero federal, una resolución de primera instancia no adquiere firmeza definitiva si es objetada por la parte acusadora; por lo tanto, la apelación de la fiscalía o de la propia CNV mantiene la causa abierta y en etapa de revisión ante una Cámara superior. Así, mientras Surcos S.A. negocia contrarreloj su supervivencia frente a los acreedores en Santa Fe, el riesgo latente de la estafa financiera sobrevuela el futuro de la firma.