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Crimen de Fernando Báez Sosa: La Corte Suprema de Justicia rechazó un nuevo reclamo de los rugbiers

La Corte Suprema rechazó un recurso de los rugbiers que cuestionaba a la fiscal y al juez de instrucción. El fallo clausura la vía paralela y mantiene firmes las condenas por el crimen cometido en 2020

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Caso Fernando Báez Sosa | Cedoc/ Captura Netflix

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó un recurso directo presentado por las defensas de siete de los jóvenes condenados por la causa Fernando Báez Sosa, para cuestionar la actuación de la fiscal de instrucción, los defensores oficiales y el juez de garantías que intervinieron en el inicio del expediente.

Amigos de Fernando Báez Sosa 20260116
Fernando Báez Sosa con sus amigos

El máximo tribunal declaró improcedente el recurso de queja presentado por el abogado Hugo Tomei, al considerar que la presentación no cumplía con los requisitos formales y "carecía de fundamentación autónoma", omitiendo rebatir con solidez técnica los argumentos expuestos por las instancias judiciales previas. La maniobra buscaba nulificar los testimonios e indagatorias iniciales bajo el argumento de presuntas inconsistencias horarias y de confección de actas, imputando supuestas irregularidades a la fiscal Verónica Zamboni, la defensora pública Verónica Olindi Huespi y el juez de Garantías de Dolores, David Mancinelli.

Caso Fernando Báez Sosa: los rugbiers condenados recibieron un nuevo revés de la Corte Suprema de Justicia

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Este pronunciamiento agota de forma definitiva un expediente paralelo y derivado que recorrió toda la columna del fuero penal bonaerense. En agosto de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires había rechazado un primer recurso de queja impulsado por la defensa, e insistió en abril de 2026 al denegar la concesión del recurso extraordinario federal, paso que forzó la presentación en directa de la defensa ante la Corte Suprema nacional que quedó clausurada hoy.

Es sustancial aclarar que la resolución de la Corte Suprema se circunscribe estrictamente al trámite de la denuncia contra los funcionarios judiciales y no constituye una revisión de la causa principal ni de las penas fijadas por el homicidio. La situación procesal de fondo por el crimen perpetrado la madrugada del 18 de enero de 2020 a la salida del boliche Le Brique, que contempla condenas a prisión perpetua para Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, y penas de 15 años de prisión para Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, continúa su trámite de revisión extraordinaria por separado.

Esos cuestionamientos formaron parte central de la estrategia defensiva trazada en el expediente principal por el homicidio. Sin embargo, el abogado Hugo Tomei decidió abrir una vía judicial independiente y promovió una denuncia penal formal por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y privación ilegítima de la libertad.

La presentación judicial apuntó directamente contra la fiscal Verónica Zamboni, titular de la Unidad Funcional de Instrucción N° 6 de Villa Gesell y responsable de la investigación inicial del crimen; la defensora oficial Verónica Olindi Huespi; diversos funcionarios del Ministerio Público Fiscal bonaerense y el juez de Garantías de Dolores, David Mancinelli, quien había dictado las prisiones preventivas de los imputados.

La controversia se remonta a febrero de 2020, pocas semanas después del asesinato, cuando Tomei cuestionó públicamente el procedimiento técnico ejecutado durante las primeras audiencias de indagatoria. En aquel momento, la defensa sostuvo que existían inconsistencias horarias severas en la confección de las actas, dado que algunas declaraciones aparecían registradas con diferencias de apenas unos pocos minutos entre sí.

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Para la representación de los rugbiers, esos breves intervalos resultaban materialmente insuficientes para cumplir con las formalidades y garantías constitucionales exigidas por el Código Procesal Penal, entre las que se destacan informar minuciosamente a cada detenido sus derechos, detallar la imputación de los hechos y exhibir la totalidad de las pruebas obrantes en la causa. Sobre la base de estos argumentos, el letrado exigió el apartamiento de la fiscal Zamboni y la nulidad de lo actuado, planteos que fueron sistemáticamente rechazados por el juez Mancinelli y ratificados en todas las instancias superiores hasta el pronunciamiento definitivo de la Corte Suprema.

La denuncia penal paralela impulsada por la defensa de los rugbiers recorrió un largo y sinuoso camino procesal completamente autónomo al expediente principal por el homicidio. En febrero de 2022, la Cámara de Apelaciones de Dolores admitió inicialmente que los condenados fueran considerados particulares damnificados dentro de esa causa, lo que les permitía intervenir de manera formal como impulsores de la acción penal. Sin embargo, el avance judicial se frustró rápidamente al ser desestimada la denuncia por ausencia de dolo, mientras que los tribunales inferiores también rechazaron tomarles declaración testimonial en calidad de víctimas y desestimaron las diversas medidas de prueba solicitadas por el letrado Hugo Tomei.

Frente a esa negativa inicial, la defensa activó los mecanismos ordinarios de revisión previstos en el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires a través de la vía jerárquica, pero el resultado adverso fue ratificado sistemáticamente. Ante este escenario, el abogado acudió directamente ante el juez David Mancinelli, a quien recusó formalmente y le exigió que declarara la inconstitucionalidad del mecanismo de revisión por considerarlo arbitrario y lesivo del derecho a ser escuchados por un magistrado imparcial. Tanto la recusación como el planteo de inconstitucionalidad fueron rechazados de plano, una decisión que posteriormente fue convalidada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense.

El expediente escaló entonces hacia la máxima instancia judicial de la provincia, donde la Suprema Corte de Justicia bonaerense dio un nuevo portazo a la pretensión de la defensa al rechazar un recurso de queja en agosto de 2025 y, más tarde, denegar el recurso extraordinario federal en abril de 2026. Este último paso en falso obligó al letrado a interponer un recurso de queja directo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, instancia que terminó dictando el rechazo definitivo por "carecer de fundamentación autónoma". De esta manera, con el fallo del alto tribunal federal se clausura de forma irrevocable este prolongado derrotero recursivo contra los funcionarios judiciales, ratificándose que la resolución no implica bajo ningún punto de vista una revisión de las condenas de fondo por el crimen de Fernando Báez Sosa, sino que pone un punto final definitivo al cuestionamiento sobre la validez de las actas de instrucción.

Las condenas por el crimen de Fernando Báez Sosa y el fallo de Casación

Fernando Báez Sosa fue asesinado durante la madrugada del 18 de enero de 2020 a la salida del boliche Le Brique, en la localidad balnearia de Villa Gesell, tras haber mantenido una discusión en el interior del local y ser emboscado a golpes en la vía pública por una patota de rugbiers. El 6 de febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores dictó sentencia e impuso la pena de prisión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, al considerarlos coautores penalmente responsables del homicidio doblemente agravado.

Posteriormente, el 22 de marzo de 2024, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas, aunque introdujo modificaciones técnicas en la calificación legal al descartar la agravante por alevosía, manteniendo firme el concurso premeditado de dos o más personas. Asimismo, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi fueron condenados a 15 años de prisión en calidad de partícipes secundarios. Desde entonces, las defensas agotaron diversas instancias recursivas, acumulando nuevos rechazos de la Suprema Corte provincial y de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en abril de 2026 ya había desestimado planteos previos de nulidad y revisión extraordinaria.

Quién es Hugo Tomei, el abogado defensor que lideró la estrategia de los rugbiers

Hugo Tomei es el letrado penalista que asumió la defensa técnica de los ocho rugbiers imputados y posteriormente condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa desde el inicio mismo de la instrucción penal en enero de 2020. Radicado en la ciudad bonaerense de Zárate, de donde también eran oriundos la mayoría de los jóvenes acusados, Tomei construyó una estrategia jurídica de carácter corporativo y homogéneo, representando legalmente a todo el grupo durante las etapas de investigación, el juicio oral de 2023 ante el tribunal de Dolores y las sucesivas apelaciones.

A lo largo de los años de debate judicial, la labor de Tomei se centró en cuestionar fuertemente la validez de los procedimientos iniciales y el accionar de la fiscalía, promoviendo múltiples planteos de nulidad sobre las actas de las primeras indagatorias bajo el argumento de presuntas irregularidades horarias y vulneración de garantías constitucionales. Pese a haber llevado adelante una extensa batería de recursos ante Casación, la Suprema Corte provincial y la Corte Suprema nacional, incluyendo la denuncia paralela contra los funcionarios judiciales que recientemente fue desestimada, la estrategia de la defensa no logró modificar las penas de prisión perpetua ni las condenas a 15 años de reclusión dictadas contra sus representados.